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24may18


La Audiencia condena a Correa a 51 años, a Bárcenas a más de 33 y al PP por lucrarse con la trama Gürtel


La Audiencia Nacional ha condenado al 'cabecilla' de la trama Gürtel, Francisco Correa, a 51 y 11 meses años de prisión, al extesorero del PP Luis Bárcenas a 33 años y 4 meses, (además de que tendrá que hacer frente a una multa de 44 millones de euros), y al PP a pagar una multa de 245.000 euros como partícipe a título lucrativo por su implicación en los primeros años de actividades de la trama. Se convierte así en el primer partido político en democracia condenado por corrupción. Un elemento significativo es la condena a 15 años de la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias, la 'línea roja' del extesorero para no tirar de la manta sobre la participación en la trama de dirigentes de su antiguo partido.

La sentencia corresponde a la macrocausa por la primera época de Gürtel (1999-2005). Se juzgó el entramado societario utilizado por Correa para conseguir adjudicaciones irregulares de contratos públicos en connivencia con responsables del PP en las comunidades de Madrid y Castilla y León, el ayuntamiento de la capital y de los municipios madrileños de Majadahonda y Pozuelo de Alarcón y en la localidad malagueña de Estepona. Según la Fiscalía Anticorrupción, con esta operativa se ocultaron al fisco más de 40 millones de euros. Los jueces consideran que los acusados cometieron delitos de asociación ilícita, fraude a la administración pública, cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, exacciones ilegales o estafa procesal intentada.

Bárcenas ha sido condenado por las mordidas que obtuvo a través de la trama, cantidades que, junto al dinero que se cree que sustrajo de la caja B del partido, le llevaron a atesorar 48,2 millones de euros en cuentas en Suiza. Su esposa, Rosalía Iglesias, para quien la Fiscalía pedía 24 años de cárcel, ha sido condenada a 15 años y un mes por utilizar, en connivencia con su cónyuge, procedimientos para ocultar sus propias rentas y las de su esposo, ingresando una parte de ellas en efectivo en cuentas de su titularidad abiertas tanto en España como en Suiza y simulando haber obtenido ese dinero de las ventas de cuadros.

La sentencia relata el sistema ideado por el matrimonio para ocultar sus rentas en Suiza y cómo cambió a partir de febrero de 2009, cuando se abrió la presente causa y se produjeron las primeras detenciones judiciales. El Tribunal rechaza el argumento esgrimido por la defensa de Rosalía de que carecía de conocimientos como para llevar a cabo las actuaciones que se le imputan. Esa justificación, según la Sala, le relegaría “a poco más de un simple objeto, y esto no lo debe consentir el Tribunal”.

Desde el año 2000, queda acreditado que Luis Bárcenas y Rosalía Iglesias con la “finalidad defraudatoria que ha guiado su actuar” ocultaron rentas al Tesoro Público dejando de ingresar las cuotas por IRPF y de IP (impuesto de patrimonio) desde el año 2000, si bien se les absuelve de los delitos de los ejercicios de 2000, 2001, 2002, 2004, 2005 y 2009 por haber prescrito, cuotas que superan los seis millones de euros. Por los ejercicios por los que resulta condenado, correspondientes a 2003, 2006, 2007, Bárcenas y Rosalía Iglesias deberán indemnizar la Hacienda estatal con casi seis millones de euros, más los intereses de demora y los intereses legales.

La elevada condena impuesta a ambos implica que deberán ingresar en la cárcel. Bárcenas, que ya pasó 19 meses en prisión preventiva a raíz de que apareciera el dinero que tenía oculto en Suiza y al que la Fiscalía pedía 39 años de cárcel, tendrá, por tanto, que entrar de nuevo en la cárcel para cumplir la primera condena que le impone la Audiencia Nacional por el caso Gürtel, del que se desgajó el caso sobre la caja B del PP reflejada en sus famosos papeles y que aún está pendiente de juicio.

Las condenas más elevadas, además de las de Correa y el matrimonio Bárcenas, son estas: Pablo Crespo, 37 años y medio; la ex mujer de Correa, Carmen Rodríguez Quijano, 14 años y 8 meses; el exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega -alias ‘El Rata’- 38 años y 3 meses; el exconsejero madrileño Alberto López Viejo, 31 años y 9 meses; el contable del entramado, José Luis Izquierdo, 17 años y 7 meses, Isabel Jordán “la jefa”, 14 años y 10 meses, y el exalcalde de Pozuelo Jesús Sepúlveda, 14 años y 4 meses.

La Audiencia Nacional ha absuelto, en cambio, a Álvaro Pérez Alonso, El Bigotes, y a otros siete acusados en el juicio por la primera época de la trama Gürtel, sobre la actividad de la red mafiosa liderada por Francisco Correa entre los años 1999 y 2005. El Bigotes está considerado el “hombre en Valencia” de Francisco Correa y responsable de Orange Market, filial valenciana de Special Events -empresa de eventos de Correa-, que obtuvo numerosos contratos públicos y actos electorales en la Comunidad Valenciana. La Fiscalía le pedía una pena de 5 años y 2 meses de cárcel.

Junto a él, han sido absueltos Luis Valor San Román, exdirector del Ayuntamiento de Majadahonda; Jacobo Ortega Alonso, hermano de Guillermo Ortega; José Antonio Sáenz Jiménez, exconcejal de Pozuelo de Alarcón, y cuatro personas vinculadas a empresas de la trama: Carmen García Moreno, Antonio Martín Sánchez, Juan Ignacio Hernández Rodríguez e Inmaculada Mostaza.

La sentencia, de 1.687 páginas, incluye un voto particular discrepante del magistrado Ángel Hurtado, en el que propone la absolución de Ricardo Galeote (condenado a 7 años y 10 meses de cárcel), Ángel Sanchís y su hijo (1 año de cárcel para cada uno, lo que les exime de ingresar), así como de Carlos Clemente (5 años y 9 meses de cárcel). Además, el magistrado se opone a la condena al PP como partícipe a título lucrativo. Hurtado ha ejercido como presidente del tribunal y fue el magistrado que actuó como aliado del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, cuando este tuvo que declarar como testigo, cortando o redirigiendo muchas de las intervenciones de las acusaciones. Hurtado empezó siendo ponente de la sentencia pero, al quedarse en minoría en muchos aspectos de la misma, esa labor pasó a ser desempeñada por el juez Julio de Diego, el más antiguo del tribunal.

La sentencia, por otra parte, impone una multa de 27.857 euros a la exministra de Sanidad y exmujer de Sepúlveda, Ana Mato -a la que también responsabilizan como partícipe a título lucrativo- por beneficiarse de regalos (estola y encharpe), viajes y la organización de eventos familiares como cumpleaños y comuniones de sus hijos por parte de las empresas de Francisco Correa.

Hechos probados: la ‘caja B’ del PP y el ‘sistema institucional de corrupción’

La sentencia es especialmente demoledora para el PP al considerar acreditada la existencia de su famosa ‘caja B’. En concreto, se considera acreditado que entre los años 1999 y 2005 el Grupo Correa y el Partido Popular tejieron en las comunidades de Madrid y de Castailla y León y en la localidad de Estepona una estructura de colaboración estable y consistente en prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, dentro de la normal actividad de dicho partido político. Pero además, según la Sala, se creó “en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica, y local a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, aquí enjuiciados, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente a través de terceras personas”.

La sentencia relata cómo las empresas de Correa u otras empresas terceras elegidas, con el apoyo de los cargos públicos condenados, gozaban de un arbitrario trato de favor en la contratación pública. Inflaban precios que se cobraban de las distintas administraciones públicas afectadas, con la finalidad buscada de la obtención ilícita de importantes beneficios a costa del erario público, “o bien comisiones cuando la adjudicataria eran terceras empresas, que luego se repartían entre el Grupo Correa y las autoridades o cargos públicos electos o designados corruptos, que recibían cantidades de dinero en metálico, pero también otro tipo de servicios o regalos prestados por diferentes empresas de esta trama, como eventos, viajes, fiestas, celebraciones, etc. De las que en algunos casos se beneficiaron también sus familiares”.

Otras cantidades detraídas, según los jueces, sirvieron directamente para pagar gastos electorales o similares del Partido Popular o fueron a parar como donaciones finalistas a la llamada “Caja B” del partido, consistente “en una estructura financiera y contable paralela a la oficial existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente, en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido, si bien estos últimos aspectos que se describen lo son únicamente para precisar el contexto en el que se imbrican los hechos objeto de este enjuiciamiento, pero quedando fuera de su ámbito de conocimiento”.

Luis Bárcenas era una pieza fundamental porque con su presencia, desde dentro del partido, podía acercarse a quien en cada caso convenía para conseguir la adjudicación correspondiente, “de cuya ejecución se incrementaba en la cuota fijada, que luego se repartía entre quien tenía relación en ella, y del que el propio partido recibía su correspondiente beneficio”.

Por los hechos juzgados en esta pieza, Francisco Correa percibió 8.400.000 euros por contratos públicos adjudicados a sus empresas durante el periodo 2000-2008. Estos contratos- indica la Sala- generaron un importante perjuicio a las entidades públicas, por cuanto el precio del servicio que les fue prestado “era mayor que el normal de mercado, por el superior margen de beneficio de las empresas de Correa y porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones”. Además, Correa ingresó 2.850.000 euros en concepto de comisiones por intermediar en favor de empresas ajenas a su grupo.

La Audiencia no se cree el testimonio que prestó Rajoy en el juicio

Mención aparte merece la reflexión del tribunal sobre el testimonio prestado por Mariano Rajoy el 26 de julio de 2017, cuando el presidente del Gobierno y del PP respondió a las preguntas de las acusaciones sobre la financiación de su partido. Rajoy se desvinculó totalmente de la gestión económica que, según dijo, estaba enteramente en manos del tesorero, Álvaro Lapuerta, y del gerente y luego también tesorero, Luis Bárcenas. También rechazó haber cobrado algún tipo de sobresueldo, como revelaban los papeles de este último. “Jamás, sería ilegal”, fueron las palabras que pronunció al respecto en la sede de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares.

La sentencia se refiere a este testimonio y a los de otros dirigentes ‘populares’ como Javier Arenas y Pío García Escudero considerándolos “poco creíbles”. En concreto, el tribunal apunta a que Rajoy no dijo la verdad para no declarar públicamente que había recibido dinero negro. Eso es lo que se hubiera desprendido de admitir la veracidad de los papeles de Bárcenas lo que habría significado reconocer el cobro de las cantidades que figuraban en dichos documentos a su nombre, es decir, “la percepción de pagos opacos para la Hacienda Pública”. Unos pagos -explica la resolución- que ya no serían delito por haber prescrito, pero que “podrían ser considerados por los testigos como merecedores de un reproche social”. Al mismo tiempo, hubiera sido tanto como “admitir la existencia de una caja B en el seno de una formación política a la que pertenecen o han pertenecido” los mencionados testigos.

El tribunal recuerda, incluso, que tanto Arenas como el actual presidente del PP madrileño, García Escudero, confirmaron de forma indirecta algunos de los apuntes de la ‘caja B’ cuando comentaron una cena del año 2008 del entonces tesorero, Álvaro Lapuerta, y un regalo. “Es decir, dieron detalles de lo que aparecía reflejado en este apunte de la ‘caja b’ del partido”, sostiene la sentencia.

La declaración de Rajoy ante el tribunal fue la culminación de una serie de declaraciones en las que el líder del PP siempre negó lo que ahora la justicia ha considerado probado, la doble contabilidad de su partido. En 2009, cuando estalló el caso Gürtel y se produjeron las primeras detenciones, dijo: “Esto no es una trama del PP, como algunos pretenden, esto es una trama contra el PP, que es una cosa muy distinta”. Estas palabras fueron pronunciadas por el líder ‘popular’ tras una reunión del Comité Ejecutivo, el 11 de febrero de ese año.

Tras la sentencia, la versión oficial del PP se ha condensado en un comunicado en el que los ‘populares’ tratan de desmarcarse de unos hechos ocurridos “hace mucho tiempo” y de los que aseguran no haber tenido conocimiento: “En ningún momento, el Partido Popular ha estado imputado ni procesado. Estamos hablando de una responsabilidad civil, que jurídicamente se conoce como ‘partícipe a título lucrativo’ y que implica obligatoriamente, según el artículo 122 del Código Penal, al desconocimiento de los hechos”. En el comunicado, el PP anuncia que recurrirá la sentencia.

[Fuente: Por Pilar Gassent, República de las ideas, Madrid, 24may18]

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