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01abr22


Condenan a cárcel a la jefa y otros tres abogados del frente jurídico de ETA


La Audiencia Nacional ha impuesto distintas penas de cárcel a la jefa y otras tres abogados del frente jurídico de ETA, el aparato que se encargaba de controlar a los presos de la banda terrorista. Los cuatro condenados del conocido como caso Halboka son los abogados Arantxa Zulueta, Jon Enparantza, Naia Zurriarain e Iker Sarriegi.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a la primera como jefa de ese frente jurídico a 7,5 años de cárcel: cuatro por integración en organización terrorista y tres años y medio por depósito de armas y explosivos, que la banda guardaba en un zulo en Francia y cuyo mapa apareció en la documentación intervenida a la propia Zulueta en su despacho profesional de Bilbao cuando fue detenida en 2010.

También condena a cuatro años a Enparantza, a tres años y medio a Zurriarain y a tres años y un día a Sarriegi como integrantes de organización terrorista. A todos ellos les aplica el atenuante de dilación indebida desde que fueron detenidos hace más de una década. De hecho, la Fiscalía pedía para Zulueta hasta 19 años de cárcel, casi el triple de lo que ha sido condenada finalmente. El tribunal ha absuelto a otros tres acusados, Julen Celarain, Saioa Aguirre y Nerea Redondo.

En una sentencia de 549 páginas, la sala que preside la magistrada Ángel Murillo explica que Halboka es la estructura de ETA que sustituyó al 'frente de makos' o cárceles con el que la banda mantenía un control férreo sobre los presos etarras para, entre otras cosas, impedirles que aceptaran la legalidad y colaboraran con la Justicia.

Señalaban objetivos

El tribunal añade que Zulueta y los otros tres abogados, además de defender a los presos etarras, «mantienen la vinculación de los mismos con la dirección de la organización terrorista y les transmiten las directrices de ésta». Además, explica que los cuatro condenados operaban en favor de ETA desde sendos despachos de Bilbao y Hernani (Guipúzcoa) y que «pusieron sus servicios a disposición de la banda» para que sus presos pudieran «seguir férreamente vinculados a la organización terrorista a través de lazos de unión que exterioricen la cohesión interna y la unidad de criterios».

La Sala de lo Penal también condena a estos cuatro abogados porque, como recuerda la sentencia, identificaban y señalaban objetivos contra los que atentar, además de participar en la recaudación del llamado 'impuesto revolucionario' con el que ETA extorsionaba a empresarios y otras personas para financiar su actividad terrorista. Por todo ello, la Audiencia Nacional concluye que Zulueta y los otros tres abogados «participaban en los fines de dicha organización y militaban en ella», aunque no cometieran atentados directamente y en primera persona.

Otras condenas

Los condenados pueden ahora presentar recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Actualmente están en libertad provisional, por lo que sólo ingresarán en prisión si el Alto Tribunal ratifica esta condena. En ese caso, se descontarán el tiempo que ya pasaron en prisión cuando fueron detenidos.

Hay que recordar que no es la primera condena contra estos abogados. Zulueta y Enparantza ya permanecieron en prisión desde septiembre de 2019 a febrero de 2020 por delitos similares a los de esta nueva condena. Apenas cinco meses gracias al acuerdo que alcanzaron entonces su defensa y la acusación.

Colectivos de víctimas que ejercían la acusación en esta causa han celebrado dichas condenas. La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) señala que la sentencia "confirma que todo ese entramado político, económico y social es ETA" y destaca la labor de la Policía Nacional y la Guardia Civil por su "trabajo fundamental" para debilitar a la banda terrorista.

Por su parte, Dignidad y Justicia (DyJ) añade que la sentencia "cierra el círculo contra la trama civil de ETA" y asegura que la letrada de etarras Ione Goirizelaia y el Colegio de Abogados de Bilbao intentaron negociar con las víctimas para que retiraran la acusación.

[Fuente: Por Jorge Navas, Seguir, Madrid, 01abr22]

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