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17dic13


Díaz Ferrán, condenado a dos años de cárcel por la compra de Aerolíneas Argentinas


La Audiencia Nacional acaba de condenar al empresario Gerardo Díaz Ferrán a dos años y dos meses de cárcel por la compra de Aerolíneas Argentinas a través de Air Comet.

El juez Central de lo Penal José María Vázquez Honrubia también condena a Antonio Mata a la misma pena por un delito contra la Hacienda Pública, concretamente por defraudación del impuesto de sociedades del ejercicio fiscal de 2001 cerrado en febrero de 2009, y a una multa por la cuantía de lo defraudado, es decir 99.049.520 euros.

Asimismo, les condena a la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y derecho de gozar de beneficios o incentivos fiscales o de seguridad social durante cuatro años y seis meses, así como inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Ambos indemnizarán a Hacienda conjunta y solidariamente en la misma cantidad de lo defraudado. Se declara responsabilidad civil subsidiaria de Air Comet, transportes de Cercanías y Segetur.

La sentencia considera acreditado que los dos condenados defraudaron 99 millones de euros, utilizando los fondos públicos de la SEPI para deshacerse de una compañía con gravísimos problemas económicos (Arsa) y, para ello, se sirvieron de una sociedad, Interinvest, que actuó como pantalla y que no tributaba en España. Air Comet se constituyó en acreedor dominante en el concurso de Aerolineas (Arsa) al obtener los reembolsos del concurso y cederlos a su patrimonial.

Al tratarse de una empresa argentina, no tributa en España y como Air Comet no hizo constar en su balance el incremento de su activo en el ejercicio de 2001 (aquel en que había adquirido los derechos de Interinvest) tampoco pretende tributar en España, recoge el juez.

En definitiva, los créditos por un importe total de 272.872.584 dólares fueron satisfechos a los acreedores mediante cheques bancarios emitidos por el BBVA a nombre de Interinvest con los fondos del SEPI, y a su vez , esta sociedad los cedió a Air Comet, con la peculiaridad de "fuera de toda lógica mercantil que el adquiriente no obtuvo descuento alguno".

No es de recibo -añade la sentencia- que Air Comet pretenda estar exenta del pago de impuestos por no obtener beneficio alguno cuando el beneficio final, con los fondos de la SEPI, lo obtiene su patrimonial Interinvest que no paga impuestos en España.

[Fuente: Por C. Guindal, El Confidencial, Madrid, 17dic13]

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