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31ene18


El procés se financió a cargo de créditos del Fondo de Liquidez Autonómico


El juez de instrucción 13 de Barcelona ha dictado un auto demoledor sobre el dinero empleado por el Govern de Carles Puigdemont para financiar el 'procés' y, en concreto, el referéndum del 1-O. En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, asegura que "parte de los pagos" o incluso su totalidad fueron realizados a cargo de los créditos obtenidos a través del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), la línea de crédito creada por el Gobierno español en plena crisis económica para que el Estado prestara dinero a las comunidades autónomas.

El magistrado precisa que Cataluña recibió a través de esta línea dirigida por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) millones de euros en seis ejercicios, entre los años 2012 y 2017. Según argumenta Juan Antonio Ramírez Sunyer, habida cuenta de que el 'procés' comenzó su desarrollo tras la consulta del 9-N de 2014 o al menos desde que se constituyó el Gobierno autonómico después de las elecciones de septiembre de 2015, "resulta evidente que el importe destinado a la celebración de la consulta debe atribuirse, en parte, al crédito obtenido del FLA".

El juez explica que las cantidades percibidas --en millones de euros, 6.664,8 en el año 2012, 10.050,6 en 2013, 7.912,9 en 2014, 11.133,58 en 2015, 10.090 en 2016 y 7.757,2 en 2017-- constituyen una parte importante de los ingresos de Cataluña. "Ante la imposibilidad de atribuir un gasto concreto a una determinada partida de ingreso, cualquier gasto debe imputarse, por lo menos y en la proporción que corresponda, al importe del FLA percibido ese año", agrega.

Según explica, la Generalitat pudo emplear para este desvío de fondos de origen estatal dos vías distintas. O bien pagó los gastos de forma directa o "empleó personas o entidades interpuestas con la finalidad de desviar el rastro de las partidas dificultando así la investigación". El magistrado responde en este escrito a un recurso presentado por el ex secretario general de Hacienda Josep Maria Jové, que se oponía a que en la causa en que se le investiga por su contribución al montaje de las estructuras para una Cataluña independiente se tuviera por personada a la Abogacía del Estado.

El auto sustenta en estos hechos el delito de malversación que persigue y menciona la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional en su sentencia sobre la consulta del 9-N, en la que se prohibía "taxativamente" la celebración de consultas populares y, por ello, cualquier gasto destinado a su preparación y ejecución. "Los indicios de malversación resultan manifiestos", destaca. El Juzgado 13 no cifra aún el dinero total que pudo desviar el Govern cesado, pero sí dice que se empleó "dinero público" por un importe superior a los 250.000 euros.

En la parte dispositiva de su auto, argumenta que el dinero del FLA no tiene por objeto el fin que se le atribuyó, destacando que su finalidad quedó muy clara desde su creación y los créditos se idearon para evitar que las comunidades se vieran obligadas a pagar su deuda en los mercados y ahorrarles de este modo unos intereses elevados. También para evitar que se les denegara el crédito a consecuencia de la calificación concedida por las agencia de 'rating'.

"Está dirigido por el ICO, que depende del Ministerio de Economía, y obliga a las comunidades autónomas que se aferran al fondo a destinar el dinero, principalmente, a pagar la deuda con los bancos o las entidades financieras", agrega.

[Fuente: Por Beatriz Parera, El Confidencial, Madrid, 31ene18]

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