Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

24nov17


El Supremo asume la investigación contra Puigdemont, el Govern y ‘los Jordis’ por rebelión


El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena acumulará en un único procedimiento todas las causas que se instruyen sobre el denominado 'procés' contra los responsables del referéndum ilegal y la declaración unilateral de la independencia de Cataluña, a excepción de la abierta por el delito de sedición al exjefe de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero, que seguirá en la Audiencia Nacional. Es decir, Llarena asumirá la investigación abierta en la Audiencia Nacional contra Carles Puigdemont, los exconsellers del Govern y los líderes de ANC y Òmnium por posibles delitos de rebelión, sedición y malversación en el proceso independentista.

La decisión que ha tomado este viernes el magistrado implica que la jueza Carmen Lamela seguirá investigando a partir de ahora a los mossos d’Esquadra, incluido al antiguo mayor Josep Lluís Trapero, así como a otros miembros del Govern de categoría inferior a los consellers que pudieran ser investigados en el futuro.

En el informe que elevó la juez Lamela al Supremo, se mostraba partidaria de la acumulación de las causas porque los delitos investigados son “conexos” y, en su auto, el juez Llarena explica que la doctrina del alto tribunal sobre la extensión de competencia en hechos cometidos por personas no aforadas solamente es procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados a las personas aforadas. Recuerda que la unificación del procedimiento tiene una finalidad funcional, concretada en la facilitación de la tramitación y en resolver los problemas derivados de la inescindibilidad del enjuiciamiento.

El delito de rebelión, vínculo y conexión entre todos los investigados

Para acumular la totalidad de las causas sobre el ‘procés’, Llarena se fija sobre todo en el delito de rebelión, que tiene un carácter plurisubjetivo, con una pluralidad de partícipes, por lo que es el que marca la necesidad del enjuiciamiento conjunto. El juez recuerda que el Ministerio Fiscal sostiene esa autoría plurisubjetiva por un reparto de funciones entre diferentes intervinientes, lo que “necesariamente impone una valoración conjunta de las actuaciones, pues sólo la suma de lo aportado por cada uno de los comportamientos individuales permite apreciar la significación antijurídica de los hechos”.

En todo caso, recuerda el juez, “la extensión de la competencia de esta Sala debe limitarse a supuestos en los que se aprecie una conexión material inescindible entre la intervención que es inicialmente atribuible a los investigados aforados y la que pueda residenciarse en otros sujetos que carecen de esa sujeción personal”.

De momento, esa conexión material inescindible no se aprecia en la actuación de todas las personas investigadas en relación con el proceso secesionista de Cataluña. Así, el juez distingue entre “la actuación de los miembros del Govern y la de los presidentes de ANC y Omnium, hasta el punto de que sólo la intervención coordinada de todos ellos es la que puede llenar de contenido el injusto contemplado en el delito de rebelión”, y la actuación de los Mossos que describe Lamela en su informe, así como la de un conjunto de personas que han podido colaborar en la elaboración de las leyes cuestionadas.

Para el magistrado, participaciones como la de Trapero, la intendente Teresa Laplana y otras semejantes que puedan surgir a lo largo de la investigación no impiden que puedan examinarse de manera autónoma, ya que “son participaciones añadidas, que con independencia de cuál sea su relevancia en el desarrollo natural de los hechos, no justifican modificar las normas de competencia ordinaria para los que resulten afectados”.

Las intervenciones de Trapero y Laplana, destaca el juez, estaban “subordinadas” al consejero de Interior y “sin perjuicio de que pueda resultar necesario revisar la decisión en un futuro, su participación, por relevante que sea, no compromete la calificación y el enjuiciamiento que pueda surgir de esta causa especial, no pudiéndose modificar la competencia ordinaria por no concurrir el elemento de la inescindibilidad respecto de ellos”.

Esta argumentación del juez Llarena sí choca con la tesis defendida por Lamela en su informe donde, al describir el funcionamientos de lo que considera una “organización criminal” -Govern, Parlament, ANC y Òmnium, Mossos, Comunicaciones y Diplocat- afirma lo siguiente sobre la policía autonómica: “Dentro de las actividades desplegadas por el poder ejecutivo, cobra especial relevancia el papel desempeñado por los Mossos d’Esquadra. Su capacidad investigadora e “intimidatoria” al servicio de la organización y de los fines independentistas era imprescindible para proteger las acciones dirigidas a la celebración del referéndum”.

El futuro de 22 imputados depende ahora de un solo juez: Pablo Llarena

A partir del auto del juez Llarena , quedan bajo la investigación del Supremo un total de 22 personas: el expresident Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers cuya entrega España ha reclamado a Bélgica (Antonio Comín, Clara Ponsatí, Lluis Puig y Meritxell Serret), los 8 exconsellers que se encuentran en prisión preventiva en España (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Meritxell Borras, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Carles Mundó), el exconseller en libertad bajo fianza Santi Vila, y los expresidentes de ANC y Omnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, además de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa del Parlament a los que ya investigaba.

Lo previsible es que los exconsejeros que se encuentran en prisión desde el 2 de noviembre por orden de la juez Lamela soliciten ahora una comparecencia voluntaria ante el juez Llarena, con la esperanza de que les aplique el mismo criterio por el que acordó medidas cautelares menos rigurosas para Carme Forcadell y los miembros de la Mesa del Paralment, que están en libertad con fianza. Su objetivo sería que el magistrado revisara su situación y les excarcelase antes de las elecciones autonómicas del 21-D.

[Fuente: Por Pilar Gassent, República de las ideas, Madrid, 24nov17]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en España
small logoThis document has been published on 27Nov17 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.