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27nov08


Corte Constitucional colombiana protegió derechos de periodista Duque Orrego.


La licenciada logró demostrar ante la instancia que era perseguida por organismos del Estado, luego de su denuncia de irregularidades en la investigación sobre el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón, ocurrido el 13 de agosto de 1999.

La libertad de expresión en Colombia vivió esta semana un hecho trascendental a raíz de un fallo de la Corte Constitucional de ese país que protegió los derechos a la vida, integridad personal y derecho a la familia de la periodista Claudia Julieta Duque Orrego.

La licenciada logró demostrar ante la instancia que era perseguida por organismos del Estado, luego de su denuncia de irregularidades en la investigación sobre el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón, ocurrido el 13 de agosto de 1999. La periodista sospechó que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) había manipulado algunas piezas del caso.

La Corte, después de la comprobación de Duque Orregolo, ordenó al Ministerio del Interior y Justicia que reconozca de forma clara, "sin errores o contradicciones" que la periodista se encuentra en riesgo, instruya a sus funcionarios y asesores para que respeten a las personas que sienten que su vida está amenazada y le restablezca el esquema de seguridad (escoltas) que le habían retirado en 2007 por supuesto mal uso del mismo.

La periodista se encuentra refugiada en Europa desde abril del presente año a raíz de las persistentes amenazas, los seguimientos que le han hecho miembros del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y fuerzas policiales desde el año 2001.

También debido a los informes de inteligencia clandestinos que han entregado a los organismos de seguridad del Estado.

Desde un principio el órgano descalificó las afirmaciones de que hubiera sido perseguida por el DAS y desconoció que hubiera salido de la nación sudamericana por amenazas, pese a las pruebas como las del Instituto Prensa y Sociedad, IPYS, quien la alojó en una casa de refugio al sur del continente en 2003.

Sin embargo, luego de analizar el caso con detenimiento, la Corte Constitucional le dio la razón a la periodista y le ordenó una serie de acciones al despacho del Interior, Policía Nacional y al DAS, luego de comprobar que las denuncias que Duque Orrego instauró en contra del Estado eran ciertas.

El Ministerio recibió la primera orden del alto tribunal con la finalidad de que reconozca de forma clara, sin errores o contradicciones que la periodista se encuentra en riesgo.

Además, la Corte ordenó al DAS que le permita a la periodista tener acceso a la información que necesite, excepto la que tenga reserva y le exigió al director del organismo, así como al de la Policía Nacional, que instruyan por escrito a sus agentes para que tengan en cuenta que las labores de protección no son de inteligencia y les prohíba aplicar nuevas acciones en contra de Duque Orrego..

Por su parte, la periodista le manifestó al portal local El Espectador, desde Bruselas, que se encuentra invadida por un mar de emociones, porque finalmente después de siete años alguien le da la razón.

Asimismo, indicó que a pesar de tener ganas de volver a su país, lo piensa con "cabeza fría" por el nivel de impunidad que reina en Colombia.

"Yo tengo una esperanza hoy, quiero digerirla, hablar con mi abogado y compañeros. Tengo la seguridad de que la situación sustancial de seguridad mía no va a cambiar hasta el momento de que la impunidad no se haya quebrado y la Fiscalía tiene muchísimos datos, pruebas e indicios y no ha hecho nada", explicó la licenciada.

El caso

El magistrado Jaime Córdoba Triviño fue el encargado del dictamen de una sentencia de 51 folios. Esta se produce en momentos en que la libertad de prensa se ha visto perjudicada por el catalogado "acoso judicial".

Bajo esta denominación se conocen innumerables denuncias por injuria y calumnia, que en los últimos dos años se han establecido en contra de periodistas y directores de medios nacionales, que actualmente tiene cercano de la prisión al director de la revista Semana, y constantes citaciones a los juzgados a considerados comunicadores.

La sentencia de la Corte Constitucional se basó en un país de las complejidades de Colombia, y dice que si el Estado o un funcionario público niegue públicamente y sin pruebas suficientes un crimen, una amenaza o un hostigamiento en contra de trabajadores de la prensa o defensores de derechos humanos, que investiguen o cuestionen al propio Estado, será una vulneración del derecho fundamental a la dignidad, la honra y la verdad de las personas amenazadas. No significa que el funcionario no pueda controvertir.

De hacerlo, tal como indicó la decisión, debe tener un soporte "objetivo, claro y transparente, como se debe tener en una sociedad democrática".

Eduardo Márquez, director de la Federación Internacional de Periodistas en Colombia (FIP), consideró que el fallo se produjo en un momento en que los periodistas han concluido por autocensurarse, debido a que los jueces con sus mecanismos jurídicos han detenido la difusión de varias informaciones, y quienes no lo hacen corren el riesgo de ir a la cárcel.

Además de esta realidad que agrede tanto o más que una intimidación, están las desalentadoras estadísticas de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), que el primer semestre de 2008 chequeó un total de 63 casos de violaciones a la libertad de prensa, de las que resultaron afectadas 74 personas.

[Fuente: TeleSUR, Venezuela, 27nov08]

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