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18jun23


Claudia Julieta Duque apela fallo que absolvió a exfuncionario del DAS por tortura


Se trata de Ronald Rivera. El Estado ya fue condenado por los hechos ilegales contra la periodista.

El pasado 30 de mayo el Juzgado 10 Penal del Circuito Especializado de Bogotá absolvió a Ronal Rivera Rodríguez, exdetective del grupo de inteligencia G3 del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), quien fue procesado por el delito de tortura agravada en contra de la periodista Claudia Julieta Duque.

Esos hechos se dieron entre julio de 2001 y noviembre de 2004, según el expediente, como una forma de retaliación por las investigaciones de la periodista por las investigaciones que realizó sobre el crimen de Jaime Garzón. La periodista y su defensa ya apelaron la decisión que se produjo cinco años y medio después de que se hubiera terminado el juicio.

La apelación cuestiona argumentos presentados por la jueza de primera instancia que, entre otros, dijo que Rivera no fue parte del G3, que tenía labores de escritorio, que el G3 fue una "polémica oficina", que las pruebas documentales sobre las actividades de inteligencia ilegal no tienen fecha y que, si bien lo realizado a Duque fue un crimen de lesa humanidad, no se habría probado que las llamadas recibidas por la comunicadora vinieran del DAS, entre otros.

En la apelación, la defensa de Duque dijo que era una contradicción declarar el crimen de lesa humanidad y, al mismo tiempo, "asegurar que ese organismo de inteligencia no amenazaba, no interceptaba, no seguía en vehículos, y aseverar que los hechos de tortura no fueron ejecutados por esa entidad".

"Nos encontramos ante una sentencia que carece de técnica y congruencia que vacía de contenido la declaratoria misma del delito de lesa humanidad. Peor aún, la jueza en su fallo obvia hechos notorios que llevaron a la liquidación del DAS en 2011. La sentencia apelada no constituye una decisión absolutoria contra un sindicado, sino que exime de responsabilidad al Departamento Administrativo de Seguridad en su conjunto y, por tanto, prejuzga en favor de otros presuntos autores", dice la apelación.

La defensa de la periodista indica que, tal y como se planteó por la Fiscalía en la acusación, Rivera habría participado en los hechos desde marzo de 2003 "cuando es trasladado a la Dirección General de Inteligencia, nivel central, primero en el Grupo de Estudios de Confiabilidad, y luego en el Grupo de Asuntos Especiales (GAES)", ambos dependientes de la Subdirección de Contrainteligencia.

"Mal hace entonces la falladora de primera instancia al ocuparse de demostrar la ajenidad de Ronal Rivera a hechos que ni siquiera le fueron atribuidos (lo sucedido en 2001)", dice el documento que recuerda que por la tortura realizada a Duque han sido condenados el exdirector de Inteligencia Carlos Alberto Arzayús Guerrero; el exdirector de Operaciones de Inteligencia Hugo Daney Ortiz García; y el exdirector de Desarrollo Tecnológico Jorge Armando Rubiano Jiménez, quienes confesaron los hechos.

Rubiano Jiménez, explica la defensa de Duque, en declaración en juicio el 11 de septiembre de 2017 dijo que los grupos especiales en el DAS rara vez contaban con resolución legal que sustentara su creación. El recurso de apelación enfatiza en la existencia de un organigrama de la Corporación Colectivo de Abogados que fue encontrado con los nombres de las personas que tenían labores de inteligencia asignadas sobre cada persona mencionada en este.

"Sorprende, por decir lo menos, el simplismo y la ausencia de análisis de este organigrama en conjunto con otras pruebas recabadas en la investigación y expuestas en debida forma por la Fiscalía.

En primer lugar, porque tal y como la Fiscalía lo describió en la resolución de acusación, el organigrama en mención no es sólo un esquema organizacional del CCAJAR: también constituye la revelación sobre la conformación del grupo G-3 y su división de tareas, y confirma lo dicho por su coordinador, Jaime Fernando Ovalle, respecto de quiénes lo conformaban", dice el recurso.

La defensa de la periodista dijo que el G-3 recolectó información sobre la ONG y que para ello puso en marcha la 'Operación Transmilenio', según los registros encontrados en el DAS.

"Para agosto de 2004 ya se estaban realizando actividades ilegales en contra de la víctima Claudia Julieta Duque, ya se había perfilado su nombre como 'abogada' del área internacional -error del DAS que persistió hasta la amenaza del 17 de noviembre de 2004- y ya se había encargado a Ronal Rivera de las mismas. Ello coincide además con las denuncias de la periodista sobre el asedio al que estaba siendo sometida, cuyo testimonio no fue controvertido en el proceso y, por el contrario, tiene soporte en el abundante material probatorio que la jueza de primera instancia desconoció", dice el recurso.

Así, para la defensa de Duque, la sentencia absolutoria a Rivera tendría fallas probatorias que deben ser revisadas pues se habría pasado por alto, entre otros, "la existencia de una empresa criminal con división de funciones para el logro de un mismo objetivo".

"Dentro del DAS hubo quienes ordenaron, clasificaron, recogieron, analizaron la información y ejecutaron órdenes para amenazar y torturar a la víctima y su hija. Además, como ya se ha dicho, la demostración de responsabilidad de uno de los integrantes de la cadena no depende de la comprobación de cada una de las cosas que hizo éste u otros. Lo que queda claro es que Ronal Rivera participó del grupo, que las labores que éste realizaba eran clandestinas e ilegales, que tenía a cargo el blanco 'Claudia Julieta Duque', que contaba con la confianza de sus jefes", agrega el documento.

Ahora, esta apelación a la absolución de Rivera deberá ser resuelta por el Tribunal Superior de Bogotá.

[Fuente: Alejandra Bonilla Mora, El Tiempo, Bogotá, Col, 18jun23]

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