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23feb02


'Antes de las seis de la mañana no hay terrorismo'

Por Fabio Castillo del Espectador


La instalación de la audiencia para juzgar a los tres acusados de asesinar al humorista Jaime Garzón terminó en un mal chiste: una discusión sobre la definición de qué es "un acto terrorista, cuáles son los fines y medios terroristas y el delito de terrorismo propiamente dicho".

En la segunda sesión de instalación de la audiencia preparatoria, el juez Julio Roberto Ballén Silva sorprendió a los asistentes cuando anunció que se declaraba incompetente para conocer del proceso. Dijo en ese momento que no estaba probado que a Garzón lo hubieran matado por periodista y que, por la forma en que se cometió el homicidio, no se trató de un acto terrorista.

Luego fue el agente especial de la Procuraduría General, Leonardo Martínez Bejarano, quien anunció que compartía ese criterio, en oposición a lo que había sido su propio argumento en el concepto que rindió el pasado 27 de febrero a la Fiscalía.

El proceso por el asesinato de Jaime Garzón se convirtió en un problema semántico y de horarios, mientras que los dos detenidos como autores materiales, Juan Pablo Ortiz Agudelo y Edilberto Antonio Sierra Ayala, y el ausente jefe paramilitar Carlos Castaño Gil, acusado como autor intelectual, ven cómo el expediente inicia una peregrinación que durará unos seis meses, a la búsqueda de un juez que acepte dictar una sentencia.

Jaime Garzón Forero fue asesinado el viernes 13 de agosto de 1999, a las 5 y 45 de la mañana, cuando se dirigía a la emisora Radionet. Testigos del atentado ayudaron en los retratos hablados de los sicarios, y los enfrentamientos en Medellín de la banda de La terraza permitió identificar a los autores materiales.

Por las dudas.

El 12 de marzo pasado, la Fiscalía Delegada para los Derechos Humanos acusó ante la justicia especializada a las tres personas que encontró como responsables del atentado a Garzón. Para tomar esa decisión, la Fiscalía contó con el concepto previo y favorable del procurador Segundo Judicial Penal, Leonardo Martínez Bejarano.

En su concepto, el agente del Ministerio Público dijo: "Concurren de manera concomitante a la acción (el asesinato) las circunstancias de agravación que trae el artículo 104, numerales 4, 7, 8 y 10". Y las precisa a continuación el concepto al decir que "aquí se trata el sujeto pasivo, como era de público conocimiento, de un periodista, varios programas de radio y televisión estuvieron bajo su mando, era popular por el humor y ejecutar un hecho de tal magnitud en persona de tales características agrava el tratamiento punitivo", pues trae "consigo la zozobra y el terror en quienes alguna relación tengan con esas actividades humanitarias" en la negociación de secuestros.

El juez Ballén Silva convocó a una primera sesión de instalación de audiencia preparatoria el 16 de agosto pasado, durante la cual no hizo ninguna advertencia sobre su posible incompetencia para juzgar el caso. La audiencia se suspendió por la ausencia de uno de los abogados defensores, y se convocó para el 17 de septiembre.

En la madrugada.

En la audiencia, el juez centró su posición en dos hechos. Primero elogia al fiscal que calificó la investigación, pero lo desestima "porque si bien la muerte del apreciado humorista Jaime Garzón causó indignación, conmoción y dolor" concluye que "ello no significa que tal homicidio se hubiese cometido con fines terroristas, ni en desarrollo de actividades terroristas".

Justifica esa apreciación en que "el hecho ocurrió antes de las seis de la mañana y en lugar solitario, es decir, sin la presencia de personas diferentes al occiso, que potencial o realmente hubieran podido ser víctimas de pánico, pavor, terror o zozobra por la acción de los homicidas".

Y luego afirma: "Al revisar minuciosamente la providencia calificatoria y el expediente en sí, no se encuentra medio de prueba alguno demostrativo que a Garzón Forero le fuera segada su vida por razón o causa de su profesión de periodista".

Camino a Paloquemao.

La notificación de la decisión de incompetencia del juez Ballén Silva fue contestada en la audiencia por el fiscal de la acusación, quien alegó que se había confundido el acto terrorista con los medios terroristas, y pidió que esa decisión fuera consultada, para que la propia Corte Suprema de Justicia definiera un punto de tanta importancia. Pero a continuación tomó la palabra el agente del Ministerio Público, para apoyar los argumentos del juez, en contra de lo que había sido su propio concepto.

"Esa otra posición del terrorismo no está demostrada dentro del proceso... efectivamente fue una mañana en horas de la madrugada en que se segó la vida a un ilustre ciudadano patrio", pero considera que "la materialidad sólida de ese agravante, como demanda la ley, no cobra la forma diamantina que se exige".

Un concepto totalmente diferente al que Martínez Bejarano había emitido siete meses antes, sobre unos mismos hechos y con base en las mismas pruebas.

"Una torpeza lógica".

El ex procurador penal Álvaro López Dorado comentó la decisión así: "Sería una torpeza lógica pensar que un famoso periodista puede despojarse de su ser para actuar a la hora de la muerte como conductor de camioneta. En el especial caso de los orientadores de la opinión nacional, su profesión les confiere un sello indeleble que los singulariza frente a toda la colectividad. Preconizar que en el evento del reconocido periodista Jaime Garzón podía asumir otra connotación, es un absurdo que sólo se puede explicar con una óptica diferente a la justicia".

"Decir que el enjuiciado Carlos Castaño se ha convertido aquí en un humilde homicida intelectual lo desdibuja atentando contra su propio designio. Medir un acto terrorista por la calidad del arma que se emplea nos llevaría a concluir que las armas cortantes usadas en el nefasto 11 de septiembre quitarían la connotación terrorista a esas conductas. El lugar y la hora de un magnicidio sólo agravan la hecatombe social que produce este acto terrorista" aclaró López.

La Fiscalía General expidió un comunicado en el que explica que "sustentó la existencia de fundamentos jurídicos para que los actos que costaron la vida al comunicador Garzón sean considerados con fines terroristas".

El proceso por el asesinato de Jaime Garzón será repartido esta semana en los juzgados penales ordinarios del complejo judicial de Paloquemao en Bogotá.


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Este documento ha sido publicado el 24sep02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights