Serie Opinión y Perspectiva
Derechos humanos, educación y mediación de conflictos

María Elena Ahumada Munita(1)
Programa de Educación - CODEPU

Víctor Espinoza Cuevas
Secretario Ejecutivo - CODEPU


I. Los Derechos Humanos como un mínimo ético de solidaridad para la humanidad:

Los mega objetivos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) son la Paz, la Cooperación Internacional para el desarrollo económico, social y cultural de los pueblos, y la vigencia y respeto a los derechos humanos.

Se supone que en la medida que se materializan aumenta el grado de realización de la dignidad humana; en la medida que son vigentes mejoran la calidad de vida integral de las personas y de los pueblos, mejoran las condiciones para la libertad, la justicia y la solidaridad.

Pero sucede que desde la Declaración Universal de Derechos Humanos, el 10 de diciembre de 1948, ha pasado más de medio siglo y el hombre continúa amenazado en su vida, su dignidad y su integridad. No sólo hay guerras y violencia racial, torturas, fanatismos y exclusiones, sino también hambre, miseria, desigualdad en la distribución de las riquezas, en el acceso a la ciencia y a las tecnologías, que se suman a la hegemonía y a las dominaciones políticas, culturales y económicas.

Por ello es que tenemos un inmenso desafío: que se apliquen los principios fundamentales de la Declaración Universal de Derechos Humanos y se respeten, sin condiciones, esos derechos. Los hombres y las mujeres, los jóvenes debemos trabajar para que en el nuevo siglo logremos crear un mundo hospitalario, un habitar humano.

Los principios de la Doctrina Internacional de Derechos Humanos nos convocan a "cultivar el altruismo y potenciar el sentimiento de amor de la humanidad" como respuesta a las barbaries que nos sacuden.

Dicho de otro modo, los derechos humanos constituyen hoy un mínimo ético común de la humanidad. Es un hecho y existe plena conciencia que el hombre carece de un saber cierto y universal respecto a su origen y destino. Esta certeza, que da cuenta del profundo cambio epocal que experimentamos, se manifiesta en el fuerte sentimiento existencial de orfandad y abandono en que yace el hombre contemporáneo. Sin embargo, según el Filósofo Humberto Giannini, es este mismo sentimiento de orfandad y abandono el que nos puede abrir a una nueva experiencia y a una nueva actitud solidaria, fundada exclusivamente en la existencia humana.

Los derechos humanos constituyen un inmenso esfuerzo por proteger al individuo del "estado de abandono de la existencia humana en el mundo". Así comprendidos, son una ética elemental que convoca a nuestra humanidad, aquella de la que somos parte, a entregarle a la otra que viene después de la nuestra, toda la humanidad que hemos sido capaces de concebir y de realizar para nosotros mismos:

  • dar la vida, queriendo esa vida que se da;
  • cuidar físicamente esa vida, brindándole salud;
  • dignificar esa vida, ofreciendo los bienes espirituales y culturales de los que goza la sociedad;
  • educar en plena ciudadanía, iniciando a los nuevos miembros en la vida social.

Ello es un deber mínimo al que está llamada nuestra sociedad a Fin de sobrevivirse amigablemente (Cfr. H. Giannini. Abandono y Solidaridad. Artículo escrito para la UNESCO sobre los DDHH en el siglo XXI. 1998).

II. Pedagogía de los Derechos Humanos:

Existe en el país una política educativa que, aunque difusa y poco clara en su formulación, se encuentra esbozada en el Programa de la Concertación (año 89), en el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación, en el capítulo sobre las recomendaciones para la

creación de una cultura verdaderamente respetuosa de los derechos humanos; y en la Ley Orgánica Constitucional de la Enseñanza (LOCE), referida en los Objetivos Transversales en el capítulo sobre Temáticas Emergentes. Ella se Fundamenta en los Principios de la Doctrina de los derechos humanos.

Tiene por objeto promover la Comprensión, la Tolerancia y la Amistad entre las naciones, y los diferentes grupos étnicos o religiosos. Se suma al esfuerzo Final de la ONU promoviendo la Paz, la Justicia y la Libertad

En este sentido, Educar en derechos humanos no es neutral, pues se educa para la paz, la libertad, la solidaridad. Educar no es informar y conocer; es crear conciencia, concientizar sobre la realidad social y procurar sus urgentes transformaciones. Educar no es enclaustramiento especializado; si los derechos humanos alcanzan a todo sujeto humano, la acción educativa en ellos debe incorporar a la educación formal e informal. Por su carácter globalizante, en tanto incorpora todos los ámbitos y dimensiones humanas, debe ser multidisciplinaria

Debe partir del reconocimiento de (a) la dignidad intrínseca y la igualdad de los derechos inalienables de todos los miembros de la familia humana; y (b) que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos originan los actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad.

En congruencia, la Unesco define el concepto de educación en derechos humanos como "el proceso global de la sociedad, por medio del cual las personas y los grupos sociales aprenden a desarrollar concientemente, en el interior de la comunidad nacional e internacional y en beneficio de ellas, la totalidad de sus capacidades, aptitudes y conocimientos"

(Recomendaciones relativa a los DDHH y las libertades fundamentales, adoptadas el 1974).

Esta definición de educación para la Paz, la Cooperación y los Derechos Humanos debe ser comprendida y aplicada como un proceso integral e interrelacionado que se asume como un esquema abierto donde las distintas instancias de la sociedad y la comunidad le genera formas, lo configura, lo determina.

Ello como parte del actual desafío de mejorar la calidad de la enseñanza, buscando innovaciones pedagógicas que permitan crear estrategias de cambio para capacitarnos e integrarnos adecuadamente a los nuevos proceso culturales, económicos, políticos, en curso, la sospechosamente llamada globalización.

Algunos de estas innovaciones pedagógicas se plantean reemplazar el rol tradicional del profesor por uno más dinámico y con una función de apoyo y motivación para la creación de las condiciones que favorezcan el aprendizaje, mejorando el clima motivacional.

Surgen como elementos claves la motivación, la contextualización y el seguimiento de las diferentes actividades, como facilitadoras del proceso educativo. La nueva orientación pedagógica, desplaza el asignaturismo. La clase tradicional de vaciamiento de materias es reemplazada por clases dinámicas, creativas, entretenidas y que están relacionadas con la realidad o el entorno de los/las estudiantes.

Recordemos que el aprendizaje significativo tiene dos condiciones esenciales: (a) considerar las experiencias y conocimientos previos de quien está aprendiendo, y (b) la experimentación personal. Resulta fundamental entonces, situar la práctica pedagógica de derechos humanos en el contexto del país, pensando y reflexionando los problemas locales/nacionales, dentro de una problemática regional y/o mundial.

También desde la perspectiva de los derechos humanos existe un desafío esencial para la docencia: reconocer que los niños y niñas son sujetos plenos de derecho y que en su rol de estudiantes, deben ser sujetos principales de su aprendizaje -responsable- mediante actividades orientadas al principio de aprender a aprender, confiriendo un rango de participación no desarrollado hasta ahora.

III. Sobre los Conflictos al Interior de la Escuela:

Teniendo presente lo dicho, vayamos al tema de nuestra ponencia.

En todos nuestros países hemos enfrentado conflictos violentos entre grupos y sectores sociales, comunidades y personas. Pareciera que no somos capaces de resolver nuestras diferencias sino mediante enfrentamientos. La capacidad de diálogo entre diferentes puntos de vista está limitada, dificultada y casi desaparecida de nuestra vida cotidiana. La forma de relacionarnos confrontacionalmente va expandiéndose y casi no hay espacios sociales libres de manifestaciones violentas.

Los conflictos están ahí , son inevitables. Los conflictos estarán con nosotros permanentemente porque somos diferentes en las subjetividades, intereses, culturas, clases, edades, gustos, creencias, preferencias. Estas condiciones mantienen vivas nuestras diferencias, anhelos, expectativas. En la medida que buscamos realizarlas chocan en conflictos de intereses con la del otro. Por eso pretender que los seres humanos no tengan conflictos es imposible, es una utopía.

Sin embargo, es importante proponer una forma de enfrentar nuestros conflictos de manera justa, tolerante, viviendo una experiencia de aprendizaje de otros puntos de vista y aceptándolos como válidos, aunque no sean los nuestros. ¿ Podremos establecer un ámbito de tolerancia acerca de las diferencias entre nosotro/as y los otro/as? A ese desafío, intentaremos aportar desde los derechos humanos. Buscaremos distintas formas de hacerlo, reconociéndonos en nuestras diferencias, tratando de superar prejuicios y desconfianzas que han surgido entre nosotro/as y que podrían estar eventualmente a la base de algunas de las expresiones de intolerancia que nos están dificultando una convivencia más respetuosa.

Aunque el proceso de mediación de conflictos puede realizarse en la comunidad y entre pares, nos remitiremos a los conflictos en el ámbito educativo, en el quehacer educativo, donde la resolución pacífica de conflictos se hace cada vez más urgente.

Cada día entre estudiantes, entre profesores y entre integrantes de la comunidad educativa se enfrentan diferentes tipos de conflictos: conflictos debido generalmente a injusticias o abusos por una de las partes, o conflictos por situaciones emergentes y desconocidas, o conflictos porque algunas de las personas o grupos de personas que forman la comunidad educativa no han acatado la normativa vigente, etc.

Las alternativas que se buscan para resolverlos, no siempre apuntan a la solución.

Las innovaciones en el ámbito educativo que se están desarrollando en nuestros países amplían los conceptos de enseñanza aprendizaje a una perspectiva más sistémica que incluye el concepto de comunidad educativa como un ecosistema, en donde la participación entendida como construcción de aprendizaje, que reconoce a la propia experiencia como fuente del conocimiento, se asocia al énfasis del trabajo colectivo o trabajo en equipo, forma a la que se orientan las sugerencias metodológicas al interior de la sala, en enseñanza básica o educación media. Es importante fomentar el hábito del trabajo colectivo, en el cual cada persona tiene un rol que cumplir y se siente responsable del logro Final que el grupo realice. Esto requiere una interacción basada en la tolerancia y el respeto del otro y/o de la otra. la falta de respeto y la intolerancia generalmente son fuentes de conflictos.

Con las innovaciones surge la posibilidad de tener estudiantes reconocido/as, capacitado/as y habilitado/as para participar, incidir y decidir, con capacidades para proyectarse en el futuro mediato e inmediato, una persona activa, que extiende progresivamente sus capacidades para aportar a la transformación y al cambio.

Pero los cambios y las situaciones emergentes pueden generar conflictos entre los profesores y profesoras en las comunidades escolares, especialmente si quienes integran la comunidad no han participado directamente en la implementación de esos cambios. Entonces ocurre que algunos profesores piensan que las reformas educativas son inútiles. Otros creen que el nuevo rol de profesores y profesoras les desvaloriza pues su formación teórica está en constante desafío: hoy los estudiantes pueden tener mucho más información fuera de los ámbitos escolares. Otros docentes plantean que dar tanta libertad a los alumnos y alumnas va a redundar en escuelas indisciplinadas y libertinas, en donde no habrá más respeto por la función docente. Se puede presumir que estos cambios podrían ser una fuente de conflictos de variado tipo. Para enfrentar esos conflictos existen técnicas adecuadas, que tienen como características que son mediadas entre pares o iguales, que son métodos y procesos pacíficos, y que no usan las normas institucionales para la resolución de estos problemas y/o situaciones emergentes.

IV. La Resolución Pacífica de los Conflictos:

Una de estas técnicas es la resolución pacífica de los conflictos, que se ha usado desde hace 30 años en el ámbito escolar y tiene como fuentes directas la doctrina de los derechos humanos, y el movimiento pedagógico pacifista de EE.UU., muchos de los cuales se inspiraban en los planteamientos de Martin Luther King.

IV.1. El aporte de la Doctrina de los Derechos Humanos

Dijimos que la normativa de derechos humanos es universal y que tiene como uno de sus propósitos, generar las condiciones sociales, políticas y económicas para una convivencia pacífica en todo el planeta.

Recordemos que los derechos humanos surgen como Sistema Internacional luego de la Segunda Guerra Mundial. La Declaración Universal de Derechos Humanos es el resultado de un acuerdo y compromiso entre todos los pueblos democráticos, que a través de esa Declaración, todos los Estados Firmantes se obligan, más allá de sus propias constituciones políticas o leyes, al estricto cumplimiento del respeto y promoción de los derechos humanos.

Se establece, de ese modo, un sistema de protección de derechos para las personas a nivel internacional en que cada Estado Parte de la ONU debe respetar estos derechos en los miembros de su comunidad y es su deber cooperar en la promoción de las condiciones que aseguren su plena vigencia. Tales condiciones son consideradas esenciales para el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales. Los países se obligan a resolver los conflictos sociales en un marco de paz y de concordia, a generar condiciones internas de respeto de los derechos de quienes habitan su territorio y a promover políticas, medidas y otras formas de superar las trabas y obstáculos que impiden su pleno respeto y vigencia. En este marco, resolver pacíficamente los conflictos es también una obligación para los gobiernos.

Estas orientaciones son base de la formulación de los objetivos fundamentales de la educación pues reconocen la calidad de sujeto pleno de derecho a todos los miembros de la comunidad educativa, sin distinción de su edad o condición social, y agrega como propósito de la educación, tender al desarrollo pleno de las personas respetando la diversidad cultural y social.

IV.2. El aporte del movimiento pedagógico de los Estados Unidos

En las décadas 60 y 70 se desarrolló en EEUU un movimiento social muy amplio que luchaba por el reconocimiento de los derechos civiles de las grandes mayorías que no tenían representación en la política. Entre estos movimientos se destacaron las mujeres y la comunidad de los negros. Después de años de movilización social se consagró la igualdad formal de derechos entre negros y blancos, y entre hombres y mujeres. Sin embargo, en el ámbito escolar, se superaría lentamente el apartheid (a nivel formal), pero al interior de las escuelas, los actos discriminatorios se seguían produciendo, conflictos entre niños (y niñas), entre jóvenes negros y blancos y entre profesores de distintas razas, sexos e ideologías. Esta realidad fue abordada en un congreso de trabajo educativo de 20 escuelas públicas, en donde un grupo de maestros se dio a la tarea de construir metodologías -para ser usadas en la sala de clases o en las actividades escolares- que posibilitaran la resolución pacífica de los conflictos raciales que se presentaban.

Estos profesores descubrieron que la mayoría de los conflictos se relacionaban con la pérdida de poder de los grupos de estudiantes blancos, o que se trataba de cadenas, secuencias de conflictos sin resolver, en donde las agresiones físicas, gestuales o verbales, se eliminaban mediante la imposición de reglas y sanciones represivas. Para hacer frente a estos conflictos, inventaron una técnica que puede aplicarse en todos los niveles educativos si se consideran las recomendaciones psicológicas para el campo educativo aportadas por Piaget y Vigotsky.

Se propusieron respetar el proceso progresivo en el desarrollo cognitivo, no exigiendo comprensiones superiores a quien no ha desarrollado esas facultades psíquicas. Asumieron la mediación como el proceso potenciador del aprendizaje, donde los profesores cumplirían no sólo un rol de modelo social, sino participarían de la vivencia educativa propiamente tal. Esta técnica se desarrolló por años, perfeccionándose, pero Finalmente se adoptó como recomendación oficial en ese país, especialmente tomando en cuenta que los conflictos raciales no se resolvían por decreto sino que requerían de cambios culturales sustantivos, requerían cambios que demorarían generaciones en producirse.

V. Resolución Pacífica de los Conflictos como Técnica de Mediación:

Los conflictos están presente y son parte de la convivencia diaria entre las personas y entre los grupos. Sin embargo, la falta de diálogo, la carencia de canales abiertos de participación social, dificultan establecer en lo social la práctica de resolución pacífica de los conflictos.

La costumbre en la escuela es que los adultos asumen el papel de árbitros de las controversias y desacuerdos entre los estudiantes. Se suele entender que los niños y las niñas no tendrían el criterio para resolver sus conflictos y/o sus problemas sin intervención directa de los adultos.

Cabe señalar la diferencia conceptual entre lo que es un problema y lo que significa un conflicto. Problema es una situación que desafía racionalmente a las personas en la búsqueda de sus soluciones. Conflicto, en cambio, es una situación en que se involucran las emociones del ser humano, fundamentalmente la rabia, la pena, la frustración, la angustia, el temor, la desesperanza, entre otras emociones.

La costumbre arraigada en el ámbito escolar que los adultos "le resolverían" los conflictos a los niños, desvaloriza sus capacidades de convivencia democrática. Generalmente los y las estudiantes son capaces de orientar la superación de sus controversias en los principios del respeto, de la verdad y de la justicia. Es más, casi todos los conflictos que se presentan entre estudiantes son situaciones en que alguna persona o grupo le ha faltado el respeto a otro/a, se ha mentido o se ha cometido alguna injusticia. El criterio y la forma de pensar de niños y niñas, sus propios principios de verdad, respeto y justicia, serán justamente las bases sobre las que se desarrollarán las técnicas de resolución de sus problemas y conflictos.

La técnica mediación pacífica de los conflictos es una forma justa de resolver un conflicto que afecta a dos o más personas. No es un juicio, no establece culpabilidades ni sanciones.

Se trata de un trabajo entre estudiantes, entre pares. Quienes ayudan en la mediación y resolución del conflicto son también pares, son sus mismos compañeros. Se sientan cara a cara, frente a frente las partes en conflicto y un mediador. Se recomienda no tener ninguna mesa entre ellos, pero estar a una distancia suficiente para evitar agresiones físicas.

Esta técnica es útil solo si se trata de pares, de personas que están en igualdad de condiciones. La persona que media no toma parte, pero sirve como un escucha imparcial y facilita o ayuda a la gente en conflicto a lograr un acuerdo que surgirá desde las personas en conflicto.

El proceso de mediación es voluntario y es confidencial. Nadie puede ser obligado a participar en el proceso de mediación. Tampoco se llama a testigos, ni se determina culpabilidad o inocencia. Se trabaja para que los que están en disputa resuelvan su propio conflicto (tanto a nivel de problema como de sentimientos). Esto es importante, porque si se olvidan los sentimientos, el conflicto puede volver a presentarse. No es suficiente la resolución racional. Se debe procurar reconocer las emociones que le produjo esa situación a las partes, y también a quien está mediando.

En el procedimiento se enfoca el problema a resolver y no en culpas, castigos o venganzas.

De esta manera, los estudiantes aprenden que el problema generador del conflicto necesita ser identificado correctamente para que pueda ser resuelto, que hay varias alternativas en una situación conflictiva, que cada parte -persona o grupo- en conflicto puede tener diferentes sentimientos acerca de éste, y que siempre habrá más de una sola forma de resolución.

Las preguntas generadoras para la resolución del conflicto pueden ser: ¿qué nos pasó; qué me pasó? ¿ en qué me equivoqué; en qué nos equivocamos?

Los compromisos de los estudiantes son los siguientes:

  • disposición a resolver el conflicto,
  • decir la verdad (su verdad),
  • aprender a escuchar sin interrumpir,
  • ser respetuoso/a con sus compañeros/as,
  • no burlarse ni pelear, y
  • realizar efectivamente lo que se comprometen a hacer.

La mediación desde la perspectiva educativa asume que este proceso hace significativa la cultura para niños y niñas, para adolescentes, para jóvenes y adultos.

La cultura es una experiencia social que humaniza a los seres humanos a través de procesos psicológicos superiores como la construcción de la memoria, el pensamiento, y la expresión de las emociones, utilizando como instrumento efectivo de desarrollo personal y social, la socialización a través de la familia, la escuela, la calle, etc. Es decir, la cultura es una experiencia de aprendizaje mediada en sí misma (Feuerstein).

El proceso de mediación de conflictos entre pares es también un proceso de significación de cultura, en ese sentido se puede entender como un proceso educativo, pues tiene influencia en la formación cultural, social y política, relativizando atribuciones prejuiciosas y valores que no contribuyen a una aceptación del otro/a. La mediación como proceso permite incidir en la transformación social, considerando su potencial cuestionador de nuestras conductas en la vida cotidiana.

VI. Algunas precisiones y consideraciones de principios en la aplicación de la Técnica:

Desde la perspectiva de los derechos humanos, buscamos una forma alternativa de Justicia. Algunas personas piensan que la justicia es una utopía. Sin embargo, en materia de derechos humanos, la justicia es un derecho y además un deber de la comunidad. En la vida escolar se cometen muchas injusticias. Algunas de estas son de orden político general, otras se refieren a medidas inapropiadas que se han tomado, y otras a situaciones más particulares.

El principio de la justicia en educación es un principio fundamental porque de él se desprenden decisiones, políticas, programas y prácticas cotidianas que la encarnan. Muchas veces para resolver problemas de indisciplina en nuestras comunidades escolares se aplica el reglamento, sin escuchar a las partes involucradas, o sin haber hecho un proceso de investigación acucioso de los hechos ocurridos. Es necesario recordar que incluso formalmente, en los procedimientos judiciales, la búsqueda de la justicia, debe constituirse en un proceso de establecimiento de la verdad, análisis de lo sucedido, y establecimiento de las responsabilidades directas e indirectas. En caso contrario se instala la impunidad.

El conflicto es base del aprendizaje y puede ser una oportunidad de cambio. A los conflictos no hay que temerles. Son situaciones normales y saludables. A través del intercambio de experiencias, de opiniones y de informaciones, las personas se van educando, transformándose y creciendo. Desgraciadamente, no siempre los conflictos se resuelven en forma pacífica. A menudo se supone que hay conflictos que se resuelven sólo si una o varias de las personas involucradas son derrotadas y las otras vencedoras.

Los derechos humanos nos plantean la orientación de que todos los conflictos sociales se pueden resolver pacíficamente. Por principio, los derechos humanos son pacificadores, pues basan su convicción en la confianza en el género humano y sus capacidades de entendimiento como lo expresa el artículo 1º de la Declaración Universal de Derechos Humanos: "...y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros..., por eso procuran y promueven la cooperación entre las personas y entre los pueblos".

La ONU plantea que la forma de resolver conflictos sin violencia, se puede lograr mediante la aceptación de una normativa previamente establecida, en un proceso de arbitraje y en acciones de pacificación y reentendimiento. Teóricamente estas formas de resolución pueden aplicarse a cualquier tipo de conflicto, incluso a situaciones entre países confrontados bélicamente.

Una normativa previamente establecida puede ser el "reglamento del juego", las premisas, los acuerdos previos, las leyes, las normas sociales implícitas.

El proceso de arbitraje se produce cuando una entidad aceptada por las partes en conflicto (e independiente de los grupos involucrados), actúa para dar término al conflicto. Escucha a las partes y trata de ordenar los aspectos de la situación de tal manera de abordar la materia sin parcializarse. Como resultado de su trabajo presenta una propuesta de resolución.

Las acciones de pacificación están destinadas a evitar mayores daños, en un conflicto violento que ya está desatado. Reubica el conflicto en sus causas para reabordarlas ahora con un criterio pacifico. No se trata de culpabilizar a ninguna de las partes, ni de hacer "borrón y cuenta nueva". Sino de retrotraer / reubicar la situación a un momento en que se pueda nuevamente conversar sin violencia. Desde ese momento se inicia La búsqueda de acuerdos para detener el conflicto bélico.

Una sugerencia final

El tema de la mediación de conflictos está presente siempre en nuestra vida cotidiana. Disponernos a transformar nuestras técnicas pedagógicas incorporando la técnica de mediación al quehacer educativo es contribuir notablemente a la consolidación de una convivencia pacifica, y es también disponernos a contribuir desde nuestra práctica a la generación de una sociedad respetuosa de las personas, mejorando de paso, la maltratada salud mental del conjunto de la sociedad.


1. Ponencia presentada en noviembre del 2000, en acto organizado por el Departamento Administrativo de Educación Municipal (DAEM) de la Municipalidad de Chillán.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 27feb02