La memoria y el olvido
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El Terrorismo de Estado

1. Algunas definiciones del concepto de Terrorismo de Estado

Existen pocas definiciones de este concepto, sin embargo, en los últimos años, a partir de las sistemáticas violaciones de derechos humanos ocurridas en diversos países del mundo y en especial en América Latina bajo dictaduras militares, dicho concepto ha comenzado a definirse en el campo de los derechos humanos.

También es cierto que el terror utilizado por parte del Estado no es algo nuevo en la historia de la humanidad, ya que éste ha sido aplicado desde los orígenes por dicha institución. Al terminar la Segunda Guerra Mundial, surge la idea de que los horrores y el holocausto cometidos por la máquina del Estado nazi, nunca más volverían a repetirse.

Toda la humanidad parecía haber comprendido las lecciones de la última gran guerra, más aún cuando un gran número de naciones de todos los continentes, había firmado la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas en el año1948. Entonces, resulta sorprendente que el Estado, que por principio debe velar por la seguridad de las personas de la nación, nuevamente se convierta en una máquina de terror. Eso es lo que ha pasado en algunos países de América Latina, a partir de la instauración de dictaduras militares, que bajo la ideología de la Doctrina de la Seguridad Nacional, fueron aplicando, en la práctica, diversas formas de terror.

Así, la desaparición forzada de personas corresponde a la expresión más perfecta y siniestra del terrorismo de Estado, constituyendo a la vez la violación de derechos humanos más flagrante y global que se conozca.

Aunque los estudios sobre el tema en la actualidad han suscitado bastante interés por parte de investigadores de diversos campos, dichos trabajos se han circunscrito fundamentalmente a las acciones de grupos o individuos. En efecto, el terrorismo ha sido considerado como un fenómeno clásico, utilizado muchas veces en la historia y considerado como la forma más violenta de guerra sicológica, pero se le ha examinado más a nivel de acciones individuales o de grupos que a nivel de acciones de Estado.

Recientemente, desde el campo de los derechos humanos, ha surgido interés en el estudio del fenómeno del terrorismo de Estado principalmente por las consecuencias nefastas, en vidas humanas, que éste ha ocasionado en diversas naciones, en especial en países del Tercer Mundo. Entre los investigadores figuran personalidades como Noam Chomsky, lingüista norteamericano, quién ha señalado que generalmente

"se considera al problema del terrorismo internacional como uno de los más serios en la actualidad, razón por la cual debe ser abordado de manera urgente por los Estados civilizados". (39)

Noam Chomsky plantea que no existe desacuerdo en cuanto a la definición de "terrorismo". El término se refiere a la amenaza o al uso de la violencia:

Para una definición más precisa podemos aceptar el Código Penal de Estados Unidos, que define el "acto de terrorismo" como una actividad que:

"a. Abarca un acto violento o un acto peligroso para la vida humana que constituye una violación de las leyes criminales de Estados Unidos o cualquier Estado, o que hubiera sido una violación criminal si hubiese sido cometida dentro de la jurisdicción de Estados Unidos o cualquier Estado;

b. parece tener el propósito de:

  1. intimidar o ejercer coerción sobre la población civil;
  2. influir la política de un gobierno por medio de la intimidación o la coerción; o
  3. afectar la conducta de un gobierno por medio del asesinato o el secuestro." (40)

Según Noam Chomsky existen diferentes variedades de terrorismo:

Los dos últimos, el terrorismo de Estado y terrorismo individual dependen de la fuente de planeación y operación; o puede ser una combinación de ambos, cuando el terrorismo individual opera bajo las órdenes del Estado o bajo su dirección y apoyo. El autor considera que en torno al tema del terrorismo, la preocupación principal la constituyen los casos más serios: "el terrorismo a gran escala, dirigido generalmente por Estados o sus agentes, dentro de sus propias fronteras o fuera de ellas". (41)

William Schulz, investigador en sociología, señala que "si bien el terrorismo de Estado es tan viejo como la sociedad de clases misma, y pese a que constituye uno de los principales modos de operación de muchos Estados nacionales contemporáneos, no ha sido bien analizado. Muchos de los aspectos y legalidades de este siniestro fenómeno están por investigarse o requieren de un estudio más profundo". (42)

Este autor señala que una investigación histórica sobre las diferentes formas del terror de Estado sería de gran interés.

"Las razones por las cuales una élite en el poder decide dar preferencia a determinadas formas de terror sobre otras (por ejemplo, la crucifixión en lugar de la lapidación, la ejecución pública en vez de la no pública, la "desaparición" de personas con mayor frecuencia que el "tradicional asesinato político", el uso de clínicas psiquiátricas en sustitución de las cárceles) conduce a otro aspecto importante del tema, a saber: la psicología política del terrorismo de Estado." (43)

William Schulz plantea que el estudio del terrorismo de Estado merece una investigación más profunda del carácter represivo de un sistema social de clases. Señala que el carácter represivo se ejerce fundamentalmente en tres niveles estructurales, a saber:

El primer nivel pasa por la estructura socioeconómica, mediante las relaciones sociales y económicas imperantes. A dicha forma de violencia estructural o sistémica, se le llama opresión. Algunos ejemplos de esta violencia estructural, según William Schulz, son: la muerte diaria de decenas de miles de niños por desnutrición en los países capitalistas del Tercer Mundo, el analfabetismo, el desempleo, la falta de seguridad social, de vivienda, la violencia machista contra las mujeres, la discriminación racista de minorías étnicas y sociales.

El segundo nivel de ejercicio de la represión sistémica en una sociedad es la represión "ordinaria" del Estado, es decir, la actividad represiva que se requiere para cumplir con determinadas funciones públicas, tanto de carácter clasista como de interés general, y que se ejecuta conforme al derecho nacional e internacional.

El tercer nivel de represión estructural es la violencia que perpetra el Estado en violación de las normas del derecho nacional e internacional. (44)

Este autor plantea que la represión ordinaria y el terrorismo de Estado constituyen un medio económico directo o no de apropiación de riqueza por parte de una minoría dominante. Así, el terrorismo de Estado y la represión ordinaria pueden utilizarse dentro de dos contextos diferentes:

a.Para la defensa de un sistema establecido de producción y apropiación, esto incluye proyectos de reestructuración o modernización de la economía, la instalación de regímenes fascistas, las dictaduras militares, la "desestabilización" de otros países o el uso de la "contrainsurgencia".

b.Para la expansión de determinadas relaciones de producción, o su creación en áreas donde no existían, como sucedió durante el colonialismo o en el proceso de la "acumulación originaria del capital". (45)

De tal manera, según William Schulz, la intensidad con que se utilizan las dos formas de represión sistémica depende de la naturaleza y dimensión de la amenaza a la cual se ve expuesto el sistema clasista establecido.

Obviamente una élite en el poder recurre a métodos terroristas cuando su sistema de represión ordinario y, por supuesto, sus controles hegemónicos, son ineficaces para neutralizar la amenaza. (46) No obstante, es importante subrayar, según William Schulz que:

"...la élite en el poder reacciona ante una amenaza conforme a la percepción que tenga de ella. Esto explica por qué el terrorismo de Estado es usado a veces de manera "excesiva", es decir, por encima de las necesidades o intereses objetivos de las clases dominantes que los emplean; y, así mismo, por qué se aterroriza a grupos sociales, políticos o religiosos que objetivamente no constituyen ninguna amenaza real para el sistema." (47)

Según William Schulz, el terrorismo de Estado puede operar de dos maneras:

Otro punto de vista y complementario al anterior se encuentra en Miguel Bonasso que define el "terrorismo de Estado" para distinguirlo del "terrorismo" a secas que involucra a grupos o individuos que carecen precisamente del poder represivo del Estado y utilizan la violencia indiscriminada para expresar su oposición a ese poder y tratar de desestabilizarlo." (49)

Miguel Bonasso indica, desarrollando la definición de terrorismo de Estado:

"se usa esta denominación para demarcar un modelo estatal contemporáneo que se ve obligado a transgredir los marcos ideológicos y políticos de la represión "legal" (la consentida por el marco jurídico tradicional) y debe apelar a "métodos no convencionales", a la vez extensivos e intensivos, para aniquilar a la oposición política y la protesta social, sea ésta armada o desarmada." (50)

Según Miguel Bonasso se deducen dos definiciones:

"El terrorismo de Estado es siempre de origen conservador y, por lo tanto antagónico a los intereses históricos de los sectores populares. Aunque alguna vez haya sido perpetrado bajo consignas revolucionarias, como pudo ser en el caso del régimen de Pol Pot en Camboya.

"El terrorismo de Estado es siempre vergonzante, porque siempre está atrapado en la misma contradicción: debe difundir sus practicas más crueles y aberrantes para generalizar el terror y asegurar la dominación pero debe, al mismo tiempo, negar su autoría para no transgredir las normas jurídicas internas e internacionales que aseguran -en teoría- el respeto a los derechos humanos." (51)

Cabe puntualizar de que no es tan cierta la idea de que el terrorismo de Estado es siempre utilizado por regímenes conservadores. El período estalinista en la ex-URSS y en otros países de Europa del Este, demuestra que allí también se utilizó la maquinaria del Estado terrorista no sólo en contra de opositores, sino que también contra disidentes que participaron del proceso revolucionario.

Más adelante, Miguel Bonasso señala también que "aún cuando es aplicado mayoritariamente por dictaduras militares, establecidas precisamente para desplegar el sistema terrorista con mayor eficacia y sin ningún tipo de controles periodísticos o parlamentarios, el "terrorismo de Estado" se presenta como el último bastión del "sistema democrático" y del "mundo libre". (52)

Los regímenes militares que lo aplican –particularmente en América Latina– tienden a mostrarlo como transitorio, como etapa cruel pero necesaria, que antecede al retorno de la "Constitución y la Democracia." (53)

Ernesto Garzón, jurista español, analiza el

"concepto de terrorismo de Estado" desde el punto de vista de su legitimidad fáctica y de su ilegitimidad ética. Define el concepto de terrorismo de Estado como el ejercicio del poder estatal caracterizado por:

–La afirmación de la existencia de una "guerra vertical" con un enemigo infiltrado en todos los niveles de la sociedad, que suele actuar como agente de una confabulación internacional, cuya finalidad es la eliminación de valores aceptados como absolutos por quienes detentan el poder.

–La delimitación imprecisa de los hechos punibles y eliminación del proceso judicial para la determinación de la comisión de un delito.

–La imposición clandestina de medidas de sanción estatal prohibidas por el orden jurídico oficialmente proclamado (torturas y homicidios, entre otros).

–La aplicación difusa de medidas violentas de privación de la libertad, la propiedad o la vida, prescindiendo en muchos casos, de la identidad del o de los destinatarios de las mismas y de los actos u omisiones de los que pueden ser responsables; la aplicación de la violencia a víctimas inocentes contribuye precisamente a reforzar la "eficacia" del terror.

La conjunción de estas características permite formular la siguiente definición de terrorismo de Estado:

"El terrorismo de Estado es un sistema político cuya regla de reconocimiento permite y/o impone la aplicación clandestina, impredecible y difusa, también a personas manifiestamente inocentes, de medidas coactivas prohibidas por el ordenamiento jurídico proclamado, obstaculiza o anula la actividad judicial y convierte al gobierno en agente activo de la lucha por el poder." (54)

Según Ernesto Garzón, la definición de terrorismo de Estado puede ser completada y explicitada haciendo referencia a sus elementos funcionales más importantes desde el punto de vista institucional. El terrorismo de Estado requiere:

a. Una cierta organización ideológica cuya base es un dogma, una idea que vale como pauta absoluta, incuestionable, y que sirve de excusa o justificación para la destrucción de todo aquello que se oponga a ella. Tal fue el papel de la llamada "Doctrina de Seguridad Nacional".

b. Un equipo eficaz de propaganda que justifique y argumente las medidas aplicadas y contrarreste y estigmatice posiciones contrarias.

c. Disciplina interna de las organizaciones ideológicas: eliminación de la capacidad de autocrítica de los miembros de la organización encargada de aplicar las medidas coactivas a través de algunos mecanismos de "disciplina interna". (55)

Según Ernesto Garzón entre los argumentos que son utilizados para excusar o justificar la aplicación de aquellas medidas que justamente son definitorias de terrorismo de Estado, se cuentan las siguientes:

a. El argumento de la eficacia. La imposición del "terror estatal" es la forma más eficaz para combatir el terrorismo urbano y/o rural.

b. El argumento de la imposibilidad de identificación del "terrorista". Ello exige la aplicación difusa de medidas de coacción.

c. El argumento de la simetría de medios de lucha. La respuesta cabal al "terrorismo indiscriminado" es el reforzamiento del monopolio de la violencia estatal a través de medios equivalentes a los que utiliza el "terrorista urbano y/o rural".

d. El argumento de la distinción entre ética pública y ética privada. En el campo de la política, desde el punto de vista ético, a diferencia de lo que sucede en el ámbito de las acciones privadas, lo decisivo para juzgar el comportamiento de quienes detentan el poder es el resultado alcanzado. Si el resultado logrado por la vía del terrorismo de Estado es la paz, se obtiene así el fundamento necesario para una verdadera "sociedad democrática".

e. El argumento de la inevitabilidad de consecuencias secundarias negativas. El fin que persigue o la imposición de medidas difusas y clandestinas de represión es la paz y la seguridad. Que como efecto secundario ello implique la destrucción de vidas humanas es algo perfectamente justificable si se recuerda la "teoría del doble efecto", sustentada por los escolásticos.

f. El argumento de las "elecciones trágicas". "El terrorismo urbano y/o rural" coloca al Estado frente a una situación que podría ser calificada como de "elección trágica": si no se da respuesta al terrorismo de una manera eficaz, se pone en peligro la existencia misma del Estado; por otra parte, una respuesta eficaz exige la aplicación de medidas al margen de la legalidad.

g. El argumento de la primacía de los valores absolutos. Existen valores político-sociales que tiene una validez absoluta e incondicional. Su realización es condición necesaria para la felicidad y el bienestar de la sociedad. Quienes se oponen a ellos... se convierten en enemigos irreconciliables del orden social, y, por tanto, su eliminación está justificada. (56)

Finalmente E. Garzón indica que:

"El terrorismo de Estado no puede ser nunca una forma permanente de gobierno. Así lo reconocen también quienes lo propician o practican cuando subrayan el carácter transitorio de este tipo de sistema como etapa preparatoria para una "democracia verdadera". Desde el punto de vista ético, postular el "aullido gubernamental" como vía para el afianzamiento de la democracia es tan inaceptable como propiciar la muerte intencional de inocentes para amedrentar a los culpables reales o probables." (57)

2. El terrorismo de Estado en America Latina

Una de las características comunes de la historia contemporánea en América Latina es el hecho de que existen profundas desigualdades e injusticias sociales en grandes sectores de la población. Esta situación ha provocado grandes tensiones y conflictos sociales permanentes. Probablemente, esta constatación, junto al impacto político de la revolución cubana en la región y el contexto internacional de "guerra fría" fueron algunos componentes que configuraron una nueva visión del papel del Estado y de las Fuerzas Armadas en el continente.

El miedo atroz a los cambios sociales, a los movimientos populares, a la "amenaza comunista" fueron creando un clima de inseguridad (en muchos casos artificial y ficticio) en las clases dominantes de América Latina que las condujo a otorgar mayores cuotas de poder a instituciones militares y policiales que aseguraban el mantenimiento del "orden vigente" y el "status quo".

Situaciones de inestabilidad política e institucional, reflejando a veces una crisis del sistema democrático, no son excepcionales en el continente. Se conoce, por ejemplo, la intervención en política de los militares mediante golpes de Estado y cuartelazos desde el inicio del período repúblicano.

La "cultura de la pobreza", la dependencia económica y política de las grandes metrópolis imperialistas, la no resolución de los problemas sociales de los sectores más débiles y marginados de la población, la imposibilidad de cambios sociales, van creando las condiciones del enfrentamiento social y político.

Otra particularidad aparece a finales de la década de los 60 con el desarrollo de poderosos movimientos sociales de carácter popular y reivindicativo que en muchos casos cuestionaban el poder establecido y se presentaban como proyectos políticos alternativos. El caso del gobierno de la Unidad Popular en Chile, del Presidente Allende, es un claro ejemplo.

De tal manera, la irrupción del conflicto social y político en diversos ámbitos de la sociedad lleva a situaciones de polarización de fuerzas. La respuesta de los sectores dominantes no será el diálogo ni la búsqueda de salidas de consenso. La solución será la represión política.

Esta represión tendrá características totalmente diferentes. No será la represión tradicional, salvaje de antaño. La represión debe ser distinta. Primero, porque ya no causa mucho efecto la forma tradicional, y segundo, porque el movimiento popular también responde, en algunos casos, con formas de violencia.

Se requiere un nuevo tipo de represión, nuevos métodos y técnicas, más eficaces y sistemáticos. En definitiva, una nueva concepción de la represión para hacer frente a los conflictos sociales. Así se recurre a la estrategia de la contrainsurgencia y la Doctrina de la Seguridad Nacional como un auxiliar ideológico que justifica teoricamente la necesidad de la "seguridad" y la preparación para la guerra en contra del "enemigo interno".

Para cumplir con estos objetivos, se agregan otros elementos, tales como:

– Estructurar las Fuerzas Armadas de acuerdo con los nuevos principios. En la preparación militar para un eventual conflicto, se dará mayor énfasis a la lucha contra un "enemigo interno" que contra un enemigo externo.

– Las situaciones de conflicto o guerra no serán asumidas exclusivamente en el plano militar. Hay que combatir en todos los frentes y con todas las formas de lucha, ya que la "guerra es total". Aquí, la guerra psicológica y la utilización del terror desempeñan un papel fundamental.

Por consiguiente, con la ineficacia de los tradicionales métodos de represión, con esta nueva visión de neutralizar y reprimir los conflictos sociales, con un nuevo papel para el Estado y las Fuerzas Armadas, con la incorporación de la ideología de la Seguridad Nacional, con la preparación militar para oficiales latinoamericanos en escuelas internacionales de contrainsurgencia, va surgiendo algo nuevo.

De este modo, se han configurado todos los elementos y condiciones para comprender la razón y la lógica, por la cual algunos gobiernos, civiles o militares, han aplicado determinadas formas de terrorismo de Estado, constituyendo la desaparición forzada de personas, la expresión más perfecta y acabada.

Delimitando el concepto de terrorismo de Estado aplicado a las experiencias de gobiernos que utilizaron estos métodos de represión política en América Latina y que tomaron como base la ideología de la Doctrina de Seguridad Nacional, en una investigación sobre el tema, Alvaro Del Barrio Reyna y José León Reyes señalan:

"El terrorismo de Estado constituye el aspecto más notorio de la Doctrina de la Seguridad Nacional, traducido en un total desconocimiento del derecho a la vida y de la libertad personal, en torturas y desaparecimientos cometidos con el alegado motivo de la lucha contra la subversión. La honda ilegitimidad que suponen las distintas características de la ideología de la Seguridad Nacional, conducen a sus adeptos y ejecutores prevalidos del poder total, a una situación de hipocresía y clandestinidad. Adoptan el sigilo, la nocturnidad, el ataque por sorpresa, las prácticas delictivas; la infracción del propio orden jurídico que en las horas de luz dicen defender y que, en todo caso no se atreven a suprimir.

El terrorista estatal es aún más execrable que el terrorista extraestatal, al precaverse del aparato del Estado para delinquir, ocultarse, protegerse o hacerse impune. El tríptico que caracteriza la ideología del terrorismo de Estado es: secreto, clandestinidad e impunidad." (58)


3. El terrorismo de Estado en Chile

La utilización de la máquina del Estado para generar represión y terror en Chile comenzó con el advenimiento del régimen militar. Las graves violaciones de los derechos humanos condenadas por Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, Amnistía Internacional y en diversos foros internacionales, demostraron la gravedad de la situación. El campo de violación de los derechos humanos abarcó en Chile. (59) los siguientes elementos:

a.Violaciones del derecho a la vida

  1. Muertes. Diversos tipos de muerte: ejecuciones, con desaparecimiento; por torturas; en supuestos enfrentamientos, homicidios premeditados, por abusos de poder, etc.
  2. Detenidos-desaparecidos

b.Violaciones del derecho a la integridad personal

  1. Torturas. Diversos tipos de tortura: físicas o psíquicas, con aplicación de descargas eléctricas, de tipo sexual, por golpes, aplicación de drogas, quemaduras, inmersiones
  2. Tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes
  3. Homicidios frustrados
  4. Heridos y lesionados

c. Violaciones del derecho a la libertad personal

  1. Detenciones arbitrarias. Detenciones individualizadas y selectivas, en manifestaciones, en allanamientos masivos, secuestros
  2. Presos políticos
  3. Relegación (confinamiento en lugares remotos e inhóspitos)

d.Violaciones del derecho a la seguridad personal

  1. Amedrentamiento
  2. Allanamiento

e. Violaciones del derecho a vivir en la patria

  1. Exilio
  2. Refugiados

Considerando que el terrorismo de Estado fue una política de represión utilizada por el régimen militar que provocó la violación de derechos humanos más grave, sistemática y masiva en la historia reciente de Chile, ésta se puede caracterizar por todos aquellos hechos de violencia política que causaron conmoción y alarma pública y que provocaron situaciones de terror hacia la comunidad.

Entre los hechos o prácticas típicas de terrorismo de Estado realizadas entre 1973 y 1990, cabe mencionar las siguientes (60):

– El bombardeo del Palacio Presidencial de La Moneda el 11 de septiembre de 1973, en el cual se encontraba el Presidente constitucional, Ministros y colaboradores.

– La ejecución de un grupo de arrestados en Curacaví el 17 de septiembre de 1973 por Carabineros de dicho lugar. Del total de 7 personas, cinco son ejecutadas y dos logran sobrevivir. Entre estos últimos, uno de ellos, José Guillermo Barrera, después de haberse asegurado en el Ministerio de Defensa que no era buscado, regresará a Curacaví en marzo de 1974, siendo nuevamente detenido y desaparecido.

– La ejecución de 13 personas en Osorno el 18 de septiembre de 1973 por carabineros y colaboradores civiles de dicha localidad.

– La ejecución de 19 personas de Laja y San Rosendo el 18 de septiembre de 1973 por Carabineros de la Tenencia de Laja. Los detenidos fueron ejecutados en el camino de Los Angeles, entre Yumbel y Laja, y sus cuerpos fueron enterrados clandestinamente.

– La ejecución de 18 campesinos de Paine el 24 de septiembre de 1973 por efectivos del Regimiento de Infantería de San Bernardo.

– La ejecución de cerca de 22 personas en Valdivia en octubre de 1973 por miembros del Ejército.

– La ejecución de 6 detenidos por "ley de fuga" en Pisagua el 30 de septiembre de 1973.

– La ejecución de 4 estudiantes universitarios en Cauquenes el 3 de octubre de 1973 por efectivos militares de esa ciudad.

– La ejecución de 13 campesinos en Mulchén en octubre de 1973 por una patrulla de Carabineros, militares y civiles.

– La ejecución de cerca de 9 dirigentes ferroviarios de la Maestranza de San Bernardo el 10 de octubre de 1973 por militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

– La ejecución de 10 personas en un Consejo de Guerra en el campamento de detenidos de Pisagua en octubre de 1973 por efectivos militares.

– La ejecución de 23 personas en Paine de los asentamientos campesinos "24 de abril", "Nuevo Sendero" y "El Tránsito" en octubre de 1973 por miembros del Ejército.

– La ejecución de 72 presos políticos entre el 15 y 19 de octubre de 1973 en las ciudades de La Serena, Copiapó, Antofagasta, y Calama, por la llamada "caravana de la muerte", una delegación militar a cargo del general Sergio Arellano Stark.

– La ejecución de 7 detenidos en un "supuesto enfrentamiento" en Cautín, Temuco, el 10 de noviembre de 1973 por miembros del Regimiento Tucapel.

– Instalación del centro clandestino de detención y tortura de la calle Londres 38 en pleno centro de Santiago en marzo de 1974. Posteriormente será reemplazado por otros recintos similares, tales como la casa en "José Domingo Cañas", "La Discoteca" o "Venda sexy", "Villa Grimaldi", todas a cargo de la DINA. Por aquí pasarán gran parte de los detenidos que posteriormente serán desaparecidos.

– Muerte del general de la Fuerza Aérea Alberto Bachelet, víctima de las torturas a que fue sometido, el 14 de marzo de 1974. Según la versión oficial, su muerte se produjo por "un ataque al corazón". El general Bachelet participó en un cargo público durante el gobierno de la Unidad Popular.

– Muerte del ex-Ministro del Interior, José Toha, detenido por los militares. Según versión oficial, éste se suicidó en el Hospital Militar, donde estaba hospitalizado.

– Muerte en atentado explosivo del ex-Comandante en Jefe del Ejército de Chile, general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert en Buenos Aires el 29 de septiembre de 1974. Al llegar a su residencia, un poderoso artefacto explosivo colocado bajo el chasis del automóvil y detonado a distancia por control remoto, hace explosión causando la muerte del general y su esposa. Ellos habían buscado refugio en Argentina después del golpe militar. El general Carlos Prats, militar leal a la Constitución, se negó a participar en el gobierno de la Junta Militar, teniendo que abandonar Chile por razones de seguridad personal. En los días previos al atentado el general Prats hacía gestiones para viajar a Europa, viaje que había sido demorado por las autoridades chilenas. El agente de la DINA, Michel Townley abandonó Buenos Aires el mismo día del atentado.

– Publicación en Argentina y Brasil de una lista de 119 casos de desaparecidos. Se trata de una operación conjunta de la DINA y los servicios de seguridad argentinos que intenta hacer creer a la opinión pública que un grupo de detenidos en Chile por la DINA en 1974 habría muerto a consecuencias de purgas políticas internas y en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas de Argentina. Este montaje resulta completamente falso ya que existen innumerables pruebas de testigos y familiares de las víctimas que demuestran que en los 119 casos, todos fueron detenidos y desaparecidos en Chile por la DINA.

– Inicio de las operaciones del "Comando Conjunto", un grupo antisubversivo formado por el Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, Carabineros y ex-militantes del grupo de extrema derecha Patria y Libertad. El Comando Conjunto será el responsable de la represión en contra del Partido Comunista (PC).

– Intento de asesinato en contra del ex-Ministro del Interior y ex Vicepresidente de la República, Bernardo Leighton y su esposa Anita Fresno, en Roma el 6 de octubre de 1975. Leighton fue herido de un disparo en la cabeza en un atentado terrorista al llegar a su casa. Después de varias semanas de debatirse entre la vida y la muerte sobrevivirá. Su esposa que también fue atacada, quedó en estado semi-paralítico. Leighton, fundador del Partido Demócrata Cristiano (PDC), junto con 12 militantes de ese partido emitieron una condena categórica al golpe de Estado, dos días después de producido éste en 1973. La Junta Militar le había prohibido regresar a Chile. Responsable de esta acción fue el grupo de extrema derecha italiano Avanguardia Nazzionale, en conexión con la DINA.

– Asesinato, en 1976, de Carmelo Soria, ciudadano español y funcionario internacional de la CEPAL quien fue secuestrado, torturado y estrangulado por agentes de la DINA. Su cuerpo fue arrojado a un canal para simular un accidente.

– Asesinato en un atentado con explosivos de Orlando Letelier, ex-Ministro de Relaciones Exteriores y ex-Ministro de Defensa Nacional del gobierno de la Unidad Popular, en Washington el 21 de septiembre de 1976. En el ataque muere también la ciudadana norteamericana Ronni Moffitt y queda herido su marido Michael Moffitt. El explosivo fue colocado bajo el automovil y accionado por control remoto mientras Letelier conducía su coche en pleno centro de Washington. Letelier había sido privado de su nacionalidad por la Junta Militar 12 días antes de su muerte por "atentar gravemente contra los intereses del Estado". Michael Towley, involucrado en este atentado, agente de la DINA, utilizando un pasaporte falso había abandonado Washington el día anterior.

– Detención en el lapso de tres semanas de 13 dirigentes del PC en Santiago, entre noviembre y diciembre de 1976. La versión oficial de los militares señala que las víctimas habrían abandonado el país por un paso fronterizo en dirección a Argentina. Los abogados de organismos de derechos humanos logran demostrar que registros de salida del país fueron adulterados y que existen pruebas concretas de que fueron capturados en Chile por los servicios de seguridad.

– Asesinato de Tucapel Jiménez, Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales de Santiago el 25 de febrero de 1982. Jiménez promovía la posibilidad de la unidad de los trabajadores en contra del régimen. Fue encontrado muerto en su automóvil con dos balazos en el cráneo y tres puñaladas. Había recibido numerosas amenazas de muerte y era habitualmente seguido por desconocidos de civil.

– Muerte de Loreto Castillo en Santiago, el 16 de mayo de 1984. La víctima fallece en la explosión de una poderosa bomba, junto a una torre de alta tensión. En los días siguientes informaciones de prensa dicen que Loreto Castillo es una "terrorista" que ha cometido diversos atentados. Sin embargo, Héctor Muñoz, esposo de la víctima denuncia haber sido detenido con su mujer el día de la explosión por un grupo de civiles. Después de golpearlos hasta dejarlos inconscientes, los desconocidos los colocaron separadamente junto a torres de alta tensión con explosivos a punto de explotar. La bomba de Muñoz no estalló y salvó su vida.

– Muerte a tiros de siete personas a manos de agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), en la ciudad de Concepción el 23 de agosto de 1984, en "enfrentamientos" que, según testigos, no existieron.

– En un atentado atribuido a izquierdistas, que destruye la iglesia de Fátima de la ciudad de Puntas Arenas, el 6 de octubre de 1984, se encuentra el cadáver del verdadero autor del atentado, el teniente de Ejército Patricio Contreras Martínez, importante miembro de la CNI local.

– Secuestro y posterior degollamiento de tres profesionales del proscrito Partido Comunista: el dirigente de los profesores Manuel Guerrero, el dibujante Santiago Nattino y el sociólogo de la Vicaría de la Solidaridad, José Manuel Parada, en Santiago, el 28 y 29 de marzo de 1985. El juez civil José Cánovas, después de cuatro meses de investigación, acusa a los servicios de seguridad dependiente de Carabineros (DICOMCAR). El Director de Carabineros y miembro de la Junta de Gobierno, general César Mendoza, es obligado a renunciar a los cargos por los restantes mandos de las Fuerzas Armadas.

– Asesinato en Santiago de los hermanos Rafael y Eduardo Vergara por funcionarios de Carabineros, el 29 de marzo de 1985 al tiempo que agentes de la CNI matan a balazos a la joven Paulina Aguirre de 20 años.

– Durante un paro nacional y una jornada de protesta populares callejeras contra la dictadura, el 2 y 3 de julio de 1986, policias y soldados matan a siete personas en Santiago, entre ellas el fotógrafo Rodrigo Rojas, a quien una patrulla encabezada por un teniente quema vivo. Carmen Gloria Quintana, acompañante de Rojas, sufre quemaduras graves y queda desfigurada.

– Secuestro y ametrallamiento de cuatro opositores al régimen militar en Santiago entre el 8 y 9 de septiembre de 1986. Ellos son Felipe Rivera, Gastón Vidaurrázaga, José Carrasco y Abraham Muskablit quienes son asesinados por civiles armados del denominado comando "11 de septiembre", como represalia y venganza por el atentado fallido que sufriera el general Pinochet el día anterior, reivindicado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).

– Muerte de 12 personas en la llamada "Operación Albania" entre los días 15 y 16 de junio de 1987, en Santiago, en operativos coordinados por la Central Nacional de Informaciones (CNI).

– Asesinato con doce disparos de Jecar Neghme, dirigente del MIR, cuando caminaba por una calle en el centro de Santiago el 4 de septiembre de 1989.


Notas:

39. CHOMSKY, N., SCHULZ, W., BONASSO, M. Terrorismo de Estado,ediciones Txalaparta, Navarra, España, 1990.

40.Ibid, p.38

41. Idem

42. Schulz, Williams, en Terrorismo de Estado,Txalaparta, Navarra, España, 1990.

43. Ibid.,p.33

44. Ibid, p.28

45. Ibid., p.29

46. Idem

47. Idem

48. Ibid.,p.30

49. Bonasso, Miguel.Terrorismo de Estado,ed Txalaparta, Navarra, España, 1990, p.9

50. Ibid., pp.9-10

51. Idem

52. Idem

53. Ibid., pp.10-11

54. GARZON VALDES, Ernesto.El Terrorismo de Estado, en Revista de Estudios Políticos, Nº 65. julio-septiembre 1989, Madrid.

55. Ibid., pp.40-41

56. Ibid., pp.40-41

57. Ibid., p 50

58. DEL BARRIO, REYNA, y LEON REYES, J. Terrorismo, ley antiterrorista y derechos humanos, Universidad Academia de Humanismo Cristiano, Santiago, 1991.

59. Véase Red de Informática de Instituciones de Derechos huamnos de Chile, Glosario de definiciones operacionales de las violaciones a los derechos humanos, FASIC, 2º edición, 1991, Santiago.

60. Eugenio Hojman y Equipo Revista Análisis, Memorial de la Dictadura, 1973-1989, Santiago, Editorial Emisión


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 28sep01
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