EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

10jul12


Preparan segunda demanda internacional contra el gobierno boliviano


El MSM prepara dos nuevas acciones legales para defender los derechos de los pueblos indígenas del TIPNIS avasallados por el gobierno de Evo Morales. En vista de que la sentencia del TCP sobre la Ley 222 no resolvió la controversia, el partido opositor presentará un amparo constitucional en el país y una demanda internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),que se sumará a la denuncia formal presentada el 8 de febrero por la Brigada Parlamentaria Indígena y el Fobomade.

Los diputados del Movimiento sin Miedo (MSM) Marcela Revollo y Fabián Yaksic presentaron el 27 de febrero de 2012 ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una acción de inconstitucionalidad de la Ley 222 de Consulta. El 18 de junio la instancia judicial emitió la Sentencia 300 que declara la “constitucionalidad condicionada” de la Ley 222, obligando al gobierno a consensuar los términos de la consulta a los pueblos Yuracaré, T’simane y Mojeño del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

El 21 de junio Revollo y Yaksic presentaron un recurso de aclaración, complementación y enmienda del fallo del TCP para que se aclaren las contradicciones referentes a la declaratoria de constitucionalidad de las leyes 180 y 122, pese a que ambas se contradicen. (Ver más abajo)

La abogada del MSM Aida Camacho explicó que el fallo del TCP es absolutamente contradictorio porque por un lado señala que la intangibilidad del TIPNIS es constitucional, y por otro propicia la concertación para una nueva revisión de la referida intangibilidad . “El fallo le abrió una vulnerabilidad muy grande a la Constitución Política del Estado porque declara constitucional a la Ley 180 que dice que el TIPNIS es un territorio de preservación ecológica y de intangibilidad, y sin embargo con la declaratoria de constitucionalidad condicionada de la Ley 222, propicia que se revise la calidad de intangibilidad del TIPNIS”.

La abogada del MSM se refirió específicamente al artículo tercero de la Ley 180 que establece que la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos no atravesará el Parque Nacional Isiboro Sécure, pero contradictoriamente la Ley 222 contempla la consulta para saber si la carretera pasará o no por el TIPNIS. “Si la 180 es declarada constitucional entonces no puede haber ninguna tuición de concertación de que si se hace o no la carretera. La Ley 222 lo único que hace es poner la cláusula de concertación con los indígenas el objeto de la consulta, cuando el objeto de la consulta ya está resuelto en la Ley 180... Es abiertamente contradictoria una ley con la otra, pero ambas son declaradas constitucionales”, cuestionó.

En criterio de Yaksic, la sentencia del TCP tiene características “retóricas y exhortativas”, y es “timorata, insuficiente y contradictoria”, ya que condiciona la aplicación de la Ley 222 a la concertación con los pueblos del TIPNIS, un hecho que nunca ocurrió. “La contradicción principal que encontramos es que siendo que la propia Ley 222 no tuvo ninguna concertación con los pueblos del TIPNIS, estaría tácitamente declarada inconstitucional porque el condicionante que plantea el Tribunal Constitucional ya fue incumplido con la elaboración y promulgación de la Ley 222”, aseguró el diputado.

Aida Camacho explicó que para ejecutar la consulta lo primero que debió hacer el gobierno es consensuar con los pueblos indígenas cuál era el objeto de la consulta, y cuáles serían las preguntas, es decir el protocolo. Sin embargo, “ninguno de estos elementos fueron consultados, por tanto el segundo paso que es la consulta previa ya resulta ser inconstitucional”.

Por otro lado, Camacho cuestionó que la Ley 222 engargue la realización de la consulta al Órgano Ejecutivo, y que el fallo del TCP valide esa transgresión sabiendo que el Órgano Electoral es el responsable de esa tarea. Según la abogada el Órgano Electoral debe llevar adelante el proceso de consulta y no el Órgano Ejecutivo, como exhorta el fallo, puesto que éste se convertiría en juez y parte. “Tenemos una injerencia directa y fuimos testigos de que el Órgano Ejecutivo para imponer la consulta ha realizado una serie de actos prebendales para tratar de dividir al movimiento indígena”, argumentó.

La abogada del MSM consideró que al TCP le faltó “personalidad, fuerza y autoridad” para declarar la inconstitucional de la Ley 222 en todos sus artículos, y su sentencia N. 300 no está a la altura de las exigencias de los movimientos sociales ni de los indígenas y “lo único que hace es privilegiar la Ley 222 por sobre la Constitución Política del Estado, el Convenio de la OIT y la Declaración de los Derechos de los Indígenas de las Naciones Unidas”.

El MSM prepara dos nuevas acciones legales

Las autoridades del Poder Ejecutivo hacen “interpretaciones unilaterales y antojadizas de la sentencia, sabiendo y conociendo, por versiones del magistrado Gualberto Cusi, que ésta ha sido emitida de manera dolosa, ya que habiendo sido designado relator el magistrado Cusi, le han quitado de las manos el expediente para sea el propio presidente (del Tribunal) quien emita la sentencia”, recordó Aida Camacho,

Habiéndose agotado los recursos internos con la sentencia constitucional del TCP, la cual no responde a las exigencias establecidas en la norma, “los hermanos indígenas y el MSM tienen la vía expedita para iniciar acciones internacionales y eso es lo que precisamente vamos a hacer”, anunció la abogada y reveló que el MSM planteará un amparo constitucional en el país y recurrirá a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

Camacho aseguró que la sentencia 300 “da las garantías a los miembros del TIPNIS para que éstos realicen acciones constitucionales para validar sus derechos; eso quiere decir que tienen toda la posibilidad de iniciar un amparo constitucional frente a la nueva arremetida del gobierno”, que sigue montando y organizando la post consulta sin cumplir las exigencias de la sentencia constitucional.

El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Wilfredo Ovando confirmó que el órgano electoral ya recibió el Protocolo negociado con organizaciones indígenas progubernamentales, y sobre esa base planifica la Consulta a los Pueblos del TIPNIS que el Ejecutivo pretende aplicar desde el 29 de julio a través de los ministerios de Obras Públicas y de Agua y Medio Ambiente, en cumplimiento de los plazos establecidos por la Ley 222.

Ovando reveló que el TSE trabaja en el Reglamento para el proceso de acompañamiento y observación de la post consulta impuesta por el gobierno para viabilizar la construcción del tramo II de la carretera entre Villa Tunari-San Ignacio de Moxos. Refirió que el Protocolo oficialista señala que “la toma de decisiones será dentro del marco del respeto de las normas y procedimientos que tienen los pueblos indígenas; se habla de asambleas y reuniones con la participación de todos los comunarios y bajo la dirección de su propia autoridad natural”.

Aida Camacho reiteró que todo lo anterior demuestra que “nuevamente estamos frente al manoseo de la justicia y ante una situación en la que los bolivianos no vamos a tener ninguna esperanza al acudir ante los órganos de gobierno”, específicamente ante los Órganos Judicial y Electoral porque están supeditados a las directrices del Órgano Ejecutivo.

El MSM presentará en los próximos días la denuncia ante instancias internacionales y también solicitará medidas cautelares para que la post consulta sea suspendida hasta que el gobierno cumpla la condicionalidad establecida en la sentencia N. 300 del TCP.

La demanda del MSM se sumará a la denuncia formal que presentaron el 8 de febrero la Brigada Parlamentaria Indígena, comunidades originarias y el Foro Boliviano Sobre Medioambiente contra del Estado Plurinacional de Bolivia por violaciones a los derechos humanos, atentados a la propiedad colectiva indígena y etnocidio de los pueblos Yuracaré, T’simane y Mojeño del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

La referida denuncia internacional demuestra “el incumplimiento por parte del Estado boliviano de los convenios internacionales, la violación sistemática de la Constitución boliviana y la promulgación de leyes en contra de los derechos indígenas”, todo con el fin de viabilizar la construcción de la carretera Villa Tunari - San Ignacio de Mojos, “favoreciendo el avasallamiento y la usurpación del territorio por terceros, la desaparición de comunidades y la agresión sistemática de hombres, mujeres y niños indígenas en flagrantes y repetidas acciones de etnocidio”.

El diputado moxeño-ignaciano Pedro Nuny yel presidente del Fobomade Ramiro Otero Lugones presentaron la denuncia al secretario ejecutivo de la CIDH Santiago Canton, y le solicitaron que “inmediatamente aplique medidas cautelares” a favor de las 64 comunidades del TIPNIS.

[Fuente: Bolpress, La Paz, 10jul12]

Donaciones Donaciones Radio Nizkor

Informes sobre DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 17Jul12 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.