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10feb14


Adjudican vía sin diseño validado y entregaron anticipo hace un año


Sin haber contratado a la empresa supervisora y sin tener un Estudio Integral Técnico Económico Social y Ambiental (TESA) definitivo, el Servicio Departamental de Caminos (Sedeca) adjudicó una obra denominada Camino Final Copacabana - Yunchará el 14 de diciembre de 2012 por un monto de 77.812.354 de bolivianos.

A casi 14 meses de haberse firmado el contrato, la obra no inicia porque no se emitió la Orden de Proceder pese a que, también en diciembre de 2012, se pagó el anticipo de 15.6 millones de bolivianos a la empresa.

La beneficiaria del contrato es la Asociación Accidental

Area-Construmat-Vastok, a la que se pagó el anticipo equivalente al 20 por ciento (%) del total de la obra. Pero la firma del contrato y la entrega del anticipo ocurrieron sin que el Sedeca haya contratado primero a la empresa supervisora.

EL NACIONAL buscó al ejecutivo del Sedeca, Ramiro Sániz, para conocer la situación de la mencionada obra caminera. La respuesta llegó a través de un comunicado de prensa, en el que sólo indica que la Asociación Accidental cumplió con los requisitos para adjudicarse el proyecto.

Las observaciones

La denuncia fue presentada por el ex prefecto Mauricio Lea Plaza, quien explicó que el 18 de diciembre de 2013 el Sedeca recién contrató la supervisión, revisión, complementación y validación del estudio TESA del Camino Final Copacabana - Yunchará; es decir, un año después de contratar a la constructora y entregar el anticipo.

Según el denunciante, lo ocurrido vulnera la norma de contrataciones, dado que se licitó sin contar con un estudio TESA definido, dado que recién se revisará, complementará y validará dicho estudio.

Según Lea Plaza, la norma establece que el objeto del pago del anticipo es para cubrir los gastos iníciales de la obra, gastos que no se pueden realizar debido a la ausencia de la Orden de Proceder.

"La normativa establece que el anticipo es solicitado por el contratista y debe contar con la aprobación del contratante -explicó--y en este caso el contratante no debió haber aprobado la otorgación del anticipo en tanto y en cuanto no tenía contratada la supervisión, y no se cuenta con el estudio completo y actualizado"

Lea Plaza advirtió que en esas condiciones la obra podría demorar otros años más en iniciarse, porque la empresa supervisora, COINTAR SRL, recién trabajará en verificar, complementar y validar el diseño de la obra, requisito previo para iniciar con el camino.

La empresa adjudicada tiene denuncia

Según Lea Plaza, las empresas que forman parte de la Asociación Accidental Area-Construmat-Vastok tienen un proceso pendiente. Explicó que existe una denuncia con imputación formal por presuntas irregularidades encontradas en el camino Iscayachi-Final Copacabana, obra que también se adjudicaron. La imputación también involucra al gobernador interino, Lino Condori.

"El 15 de diciembre de 2011 se ha denunciado ante el Ministerio Público el proceso de contratación del camino Iscayachi - Final Copacabana, obra a cargo de las mismas empresas que se adjudicaron el tramo Final Copacabana - Yunchará--explicó--la denuncia ya se ha convertido en imputación formal y el 3 de marzo se realizará la audiencia de medidas cautelares contra el Gobernador interino y el consorcio de empresas", dijo.

EL NACIONAL en tres ocasiones intentó hablar con el director del Sedeca sobre esa denuncia. Sin embargo, se nos indicó que la respuesta llegaría vía un comunicado.

La nota oficial enviada por el Sedeca explica que la Asociación Accidental Area-Construmat-Vastok cumplió con los requisitos establecidos por norma. Sin embargo, no explica por qué se contrató y entregó el anticipo de una obra sin tener definido el estudio TESA y contratada previamente la supervisión.

"Acredita su personería propia con los debidos registros públicos que la constituyen, por cuanto la misma no es ni se constituye en la misma empresa o asociación accidental que ejecuta el proyecto Construcción Camino Asfaltado Iscayachi - Final Copacabana--explica la nota--para fines de contratación los documentos que acreditan la personería jurídica de los proponentes como empresas o asociaciones accidentales son determinantes para la contratación de servicios, por cuanto no deben entrar en conflictos de legalidad en el caso de dobles adjudicaciones de una sola entidad ejecutora".

Los errores del pasado se repiten

En la gestión de Mario Cossío Cortez se cometieron similares errores. En el caso de las presas, de la piscina y el velódromo, surgieron hechos como el cambio de emplazamiento, entrega de anticipos previo al rediseño de los proyectos y la falta el saneamiento de terrenos, aspectos por lo que Cossío y otros ex funcionarios, están bajo investigación penal.

Decreto que regula el pago de anticipos

De acuerdo a lo establecido en el D.S. 181 Art. 19, "para cubrir los gastos iniciales, correspondientes únicamente al objeto del contrato, la entidad pública podrá otorgar un anticipo, que no deberá exceder al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. Este anticipo será otorgado previa solicitud del proveedor o contratista y aceptación del contratante"

Art. 21 inc. e) "Garantía de correcta inversión de anticipo. Tiene por objeto garantizar la devolución del monto entregado al proponente por concepto de anticipo inicial.

Será por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, computables a partir de la entrega del anticipo".

[Fuente: Por Josue Heber Acebey, El Nacional, Tarija, 10feb14]

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