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DERECHOS

02jul10


Síntesis de los hechos motivo de debate en el juicio oral en la causa Videla en Córdoba


Poder Judicial de la Nación

Año del Bicentenario
1810-2010


CAUSA VIDELA( Ex Alsina , UP1)

Primer Hecho

Imputados:

Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro. Marcelo Luna, Calixto Luís Flores, Yamil Jabour, Carlos Alfredo Yanicelli, Juan Eduardo Molina, Miguel Ángel Gómez, Alberto Luís Lucero, Luis Alberto Rodríguez y Ricardo Cayetano Rocha.

Victimas :

Diana Beatriz Fidelman, Eduardo Daniel Bártoli,María Eugenia Irazusta Víctor Hugo Chiavarini

Los imputados habrían sometido a los detenidos ( Fidelman, Bartoli, Irazusta, Chiavarini) a condiciones infrahumanas, torturas, vejaciones sexuales, sufrimientos psíquicos y simulacros de fusilamientos, entre otros, en el Departamento Informaciones Policiales (D2) de la Policía de la Provincia de Córdoba, sito en Pasaje Santa Catalina del centro de esta ciudad.

Segundo Hecho:

Imputados:

Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Marcelo Luna, Calixto Luís Flores y Yamil Jabour.

Víctimas

1) María Eugenia Irazusta
2) Daniel Eduardo Bártoli
3) Víctor Hugo Ramón Chiavarini

Los imputados el 30/4/1976 en el interior del D2 -luego de reacomodar a los otros detenidos y ubicarlos en distintos patios y pasillos para despejar el lugar elegido para el hecho- tareas en las que había intervenido Yamil Jabour-, un grupo de policías entre los que se encontraba Marcelo Luna y Calixto Flores, simulando un intento de fuga y el desacato a los custodias habrían dado muerte- mediante utilización de armas de fuego a los detenidos (Irazusta, Bartoli y Chiavarini). Se divulgó la falsa noticia que los detenidos habrían resultado abatidos al intentar fugarse del D2, desacatando la autoridad de los custodios.

Tercer Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Víctor Pino Cano, Gustavo Adolfo Alsina, Enrique Pedro Mones Ruíz, Miguel Ángel Pérez, Carlos Hibar Pérez, José Antonio Paredes y Emilio Juan Huber.

Víctimas

1) Raúl Augusto Bauducco,
2) José René Moukarsel,
3) Diana Beatriz Fidelman,
4) Miguel Ángel Mozé
5) Luis Ricardo Veron
6) Ricardo Yung
7) Eduardo Alberto Hernández
8) José Alberto Svagusa
9) Carlos Alberto Sgandurra
10) José Ángel Pucheta
11) Claudio Aníbal Zorrilla
12) Miguel Ángel Barrera
13) Mirta Noemí Abdón de Maggi
14) Esther María Barberis
15) Marta del Carmen Rossetti de Arquiola
16) José Cristian Funes
17) Gustavo Adolfo de Breuil
18) Miguel Hugo Vaca Narvaja
19) Arnaldo Higinio Toranzo
20) Eduardo Alfredo de Breuil
21) Liliana Felisa Paez de Rinaldi
22) Ricardo Alberto Tramontini
23) Florencio Esteban Díaz
24) Pablo Alberto Balustra
25) Jorge Omar García
26) Oscar Hugo Hubert
27) Miguel Ángel Ceballos
28) Marta Juana González de Baronetto

Desde el día 2/4/1976 en la UPI, efectivos de la Compañía de Policía Militar 141 -con conocimiento y bajo las órdenes de su jefe Teniente Coronel Víctor Pino - a saber: Teniente Gustavo Adolfo Alsina, Teniente Enrique Pedro Mones Ruíz, Cabo Miguel Angel Pérez, Sargento Carlos Hibar Perez y Cabo 1° José Antonio Paredes habrían sometido a quienes consideraban "detenidos especiales" a condiciones infrahumanas, les habrían aplicado, en forma continua y sistemática: torturas físicas y psíquicas... y les habrína propinado tormentos psicológicos consistentes en encierro sin poder ver la luz natural, improperios e insultos indignantes, amenazas de sufrir malestrares físicos e incluso muerte, entre otros)

Cuarto Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Marcelo Luna, Calixto Luís Flores, Yamil Jabour, Carlos Alfredo Yanicelli, JuanEduardo Molina, Miguel Ángel Gómez, Alberto Luís Lucero y Ricardo Cayetano Rocha.

Víctimas

1) Diana Beatriz Fidelman
2) Miguel Ángel Mozé
3) Luís Ricardo Verón
4) Ricardo Alberto Young
5) Eduardo Alberto Hernández
6) José Alberto Svagusa

Con fecha 17/5/1976 a las 20:00 hs. Aprox. Por orden del Inspector Mayor Raúl Telleldín -Jefe del D2- se habrían presentado ante las autoridades de la UPI una comisión policial proveniente del D2 integrada por Yanicelli, Jabour, Flores, Lucero, Luna, Gómez, Molina y Rocha, portando: una orden del JF N° 1 de Cba. para el traslado -desde UPI al D2, de los detenidos especiales (Fidelman, Moza, Verón y Young) y otra del JF N° 2 de Cba, para el traslado desde UPI al D2 de los detenidos especiales (Hernandez y Svagusa)

Quinto Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro y Raúl Eduardo Fierro.

Víctimas

1) José Ángel Pucheta 2) Carlos Alberto Sgandurra,

El 28/5/1976, en horario no determinado con exactitud, se habría presentado ante las autoridades de UPI el Subteniente López (ojo sobreseído) del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, habría suscripto un recibo, labrado por la autoridad penitenciaria a fin de

permitir que una comisión del D2, cuyos integrantes aún no han sido identificados -retirara del UP! a los detenidos -amordazados, atados y encapuchados (Pucheta y Sgandurra). Los habrían trasladado en un vehículo sin identificación policial. Luego, simulado un intento de fuga, habrían dado muerte a los nombrados en la vía pública, en un lugar no determinado con exactitud hasta el momento. En el mismo contexto habría sido muerto José Osvaldo Villada.

Sexto Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro.

Víctimas

Miguel Ángel Barrera , Claudio Anibal Zorrilla
Mirta Noemí Abdón de Maggi, Estela María Barberis

Con fecha 19/6/1976 en horas de la madrugada, personal de la UPI, habría entregado a personal militar no identificado a los detenidos especiales (Barrera, Zorilla, Abdón de Maggi y Barberis). En virtud de una orden de entrega suscripta por el General de Brigada Juan Bautista Sasiaiñ, en su carácter de comandante de la Brigada de Infantería Aerotransportada IV. Inmediatamente, personal del citado regimiento habrían retirado a los nombrados de su lugar de detención - amordazados, atados y encapuchados- en vehículos militares, procediendo luego, durante el traslado fuera del establecimiento penitneciario, a darle muerte a los citados en las inmediaciones del

Parque Sarmiento. Se difundió oficialmente que éstos habían resultados abatidos en un supuesto intento de fuga, o en un supuesto ataque al Hopital Militar o al Destacamento de Inteligencia 141 -emplazados en cercanías del Parque Sarmiento.

Séptimo Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro.

Víctimas

1) Marta del Carmen Rosetti de Arquiola
2) José Cristian Funes

El 30/6/1976, en horas de la mañana, personal de la UPI y en virtud de una orden de entrega suscripta por el Gral de División Luciano Benjamín Menéndez, en su carácter de comandante del III Cuerpo de Ejército y , a la vez, Jefe del Área de Defensa 311 - organizada para lo que dio en llamarse "lucha contra la subversión" habría entregado a personal militar que se identifió como Jorge López Leconte, a los detenidos especiales (Rosetti de Arquiola, Funes). Luego, Leconte los habrían entregado a los nombrados a una comisión especial del D2, cuyos integrantes no han sido identificados, quienes los retiraron del UPI, en un vehículo sin identificación -amordazados, atados y encapuchados- Luego, junto a un grupo de apoyo integrado por militares, sumulando un intento de fuga, habrían dado muerte a los nombrados en la vía pública de la ciudad de Cba. en un lugar no determinado con exactitud hasta el momento.

Octavo Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Enrique Pedro Mones Ruíz y Miguel Ángel Pérez.

Víctima

Raúl Augusto Bauducco

El 5/7/76, por la mañana, personal militar del Reg. de Inf. Aerotr. II, habría trasladado a los detenidos especiales alojados en el Pabellón N° 6 de la UPI hacia el patio de recreo para realizarles una requisa -les ordenaron desvestirse y colocarse parados frente a la pared, con los brazos en alto apoyados en el muro. En estas circunstancias el Cabo Miguel A. Pérez, habría recorrido la fila de internos golpeandolos con un bastón de goma. Al llegar a Raúl Bauducco, le propinó un fuerte golpe en la cabeza con el bastón lo que habría ocasionado que cayera desvanecido al suelo. Luego de varias órdenes para que se levantara del suelo y ante la imposibilidad para pararse, Perez lo habría amenazado, reiteradamente y a viva voz, indicándole que si no se paraba lo mataría. Ante la falta de respuesta se habría acercado a su superior, Tte. E. Mones Ruiz quien habría asentido con un movimiento de cabeza, quien repitiendo la orden y la amenaza. Finalmente, Pérez, ante la desobediencia del interno, le habría disparado el arma que llevaba apuntando hacia la cabeza, dándole la muerte instantaneamente

Noveno Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Gustavo Adolfo Alsina y Emilio Juan Huber.

Víctima

1) José Rene Moukarzel

El 14/7/1976, pasado el mediodía, J. Moukarzel limpiaba el pasillo del pabellón 8 de la UP1, oportunidad en la que se habría acercado a un preso común de apellido González con el que habría mantenido un breve diálogo. Tal circunstancia -al ser advertida por el Tte. Alsina, habría motivado que el nombrado, con el consentimiento de su superior, E. Huber-, junto con< personal del Ejército, trasladara al interno a un patio. Allí lo habrían atado - desnudo- de pies y manos a cuatro estacas, propinándole golpes de puño, patadas y colocado piedras debajo de su cuerpo. Luego, al romperse una de las estacas, habría sido trasladado a otro patio. Allí Alsina junto a otra persona - aún no identificada- lo habrían estaqueado nuevamente, colocando piedras y cascotes bajo la espalda -a la altura de los riñones-. Propinando golpes y hechado agua fría, aprox. a las 23 hs. Moukarsel estaba inconsciente, Alsina junto con otros lo habrían retirado hacia el Hospital Penitenciario, donde a la 1 hs. del 15/7/76 habría fallecido.

Décimo Hecho:

Imputado:

José Felipe Tavip

Víctima

José René Moukarsel

El día 15 de julio de 1976, el médico José Felipe Tavip, sin haberse realizado la autopsia correspondiente sobre el cuerpo sin vida de José René Moukarsel, y pese a las evidencias que su cuerpo registraba de la violencia recibida, habría expedido un certificado de defunción, en el que habría consignado como causa eficiente de la misma un paro cardiorrespiratorio, encubriendo de esta manera las conductas de quienes habrían intervenido en el proceso causal que desencadenó el resultado mortal.

Decimoprimer Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro, Víctor Pino Cano, Osvaldo César Quiroga y Francisco Pablo D'Aloia.

Víctimas:

1) Miguel Hugo Vaca Narvaja
2) Gustavo Adolfo de Breuil
3) Arnaldo Higinio Toranzo

El 12/8/1976, por una orden de entrega suscripta por Sasiaiñ, habrían entregado al Tte. 1° Osvaldo Quiroga los "detenidos especiales" (Vaca Narvaja, de Breuil, de Breuil y Toranzo) con conocimiento y bajo las órdenes del jefe del mismo, Tte. Cnel. Víctor Pino. Los habría trasladado amordazados, atados y encapuchados, en dos camionetas, las que se detuvieron sobre Camino a la Calera, allí con el auxilio del Subtte. Francisco D'Aloia, los habrían hecho descender, dejándolos encerrados en una habitación, boca abajo, en el piso, por media hora. Luego les quitaron las esposas, atando sus manos con trapos y los trasladaron hacia otro lugar (cerca del Chateau Carreras), donde habrían hecho descender a Gustavo Adolfo de Breuil, Vaca Narvaja y Toranzo dándoles muerte, disparando sus armas de fuego. Obligando a Alfredo de Breuil a observar los cuerpos sin vida. Se difundió la falsa noticia de que habrían resultado abatidos por intento de fuga durante el fingido traslado de esos detenidos en dirección al Consejo de Guerra.

Decimosegundo Hecho:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro y Raúl Eduardo Fierro.

Víctimas

1) Ricardo Daniel Tramontini
2) Liliana Felisa Paez de Rinaldi

El 20/8/1976 siendo aproximadamente las 22.00 hs., personal de la UP1 habría entregado los "detenidos especiales" Ricardo Daniel Tramontini y Liliana Felisa Paez de Rinaldi a personal de la Brigada de Infantería Aerotransportada IV, que se identificó como Capitán Juan Carlos Hernández (instituto n° 15918), en virtud de una orden de traslado suscripta por el Coronel Vicente Meli, en su carácter de Jefe del Estado Mayor de dicha Brigada. Seguidamente, efectivos integrantes del Regimiento de Infantería Aerotransportada II - que a la fecha no han podido ser identificados - , habrían retirado - amordazados, atados y encapuchados - a los detenidos antes nombrados del UP1, para trasladarlos en vehículos militares. Luego los nombrados, simulando un intento de fuga, habrían dado muerte a Tramontini y Paez de Rinaldi en la vía pública de esta ciudad de Córdoba, en un lugar que no ha podido ser precisado hasta la fecha.

Decimotercer hecho<:

Imputados:

Jorge Rafaél Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Jorge González Navarro, Raúl Eduardo Fierro.

Víctimas

1) Pablo Alberto Balustra 2) Jorge Oscar García
3) Oscar Hugo Hubert 4) Miguel Ángel Ceballos5) Florencio Esteban Díaz
6) Marta Juana González de Baronetto

El 11/10/1976 siendo las 19:40 hs, personal de la UP1 habría entregado los "detenidos especiales" (Balustra, García, Hubert, Ceballos, Díaz y González de Baronetto) a personal del Ejército que se habría identificado como Tte. 1° Nicolás Neme, en virtud de una orden de traslado suscripta por el Gral. de Brig. Juan B. Sasiaiñ, en su carácter de Jefe de Estado Mayor del Área de Defensa 311 -organizada para lo que dio en llamarse "lucha contra la subversión"- y, a la vez, Cte. de la Brig. de Inf. Aerotrans. IV. Inmediatamente, personal militar habría retirado -amordazados, atados y encapuchados- a los detenidos de la UP1 y los habría trasladado en vehículos de la repartición militar. Luego simularon un intento de fuga, habrían dado muerte a Balustra, García, Hubert, Ceballos, Díaz y González de Baronetto, presumiblemente en un lugar descampado de esta ciudad de Córdoba, carente de precisión a la fecha.

CAUSA MENENDEZ (EX GONTERO)

1) HECHOS DE PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD (Hechos "a" al f")

Imputados:

Luciano Benjamín MENENDEZ, Hermes Oscar RODRÍGUEZ, José Eugenio SAN JULIÁN, Yamil JABOUR; Miguel Angel GÓMEZ; Carlos Alfredo YANICELLI; Fernando Martín ROCHA; Gustavo Rodolfo SALGADO , Calixto Luis FLORES; Luis David MERLO; Mirta Graciela ANTON y Luis Alberto LUCERO.

Víctimas : José María Argüello;Luis Alberto Urquiza; Oscar Samamé, Horacio Samamé Carlos Cristobal Arnau Zuñiga; , Raúl Rodolfo Urzagasti Matorras

a) el día 12 de noviembre de 1.976, en horas de la madrugada, JOSÉ MARÍA ARGÜELLO - D.N.I. N° 10.445.162- habría sido secuestrado en la vía pública, más precisamente en calle San Martín al 100 (área peatonal) de ésta ciudad de Córdoba, por personal del Departamento de Informaciones Policiales D2, y conducido, mediante amenazas y el uso de fuerza, a las dependencias de dicha repartición, ubicadas en Pasaje Santa Catalina, a un costado del Cabildo histórico de ésta ciudad.

b) El día 12 de Noviembre del año 1.976, en horas de la mañana, LUIS ALBERTO URQUIZA habría sido secuestrado de su domicilio particular sito en calle Goycochea n° 893, Villa Allende provincia de Córdoba, por un grupo de personas armadas, vestidas de civil, las que habrían pertenecido al Departamentos de Informaciones Policiales (D2) de la Policía de esta provincia, y entre las que pudo reconocer a Gustavo Rodolfo Salgado (D.N.I. N° 10.682.254), siendo trasladado posteriormente, mediante amenazas y el uso de fuerza, a la sede de dicha repartición sita en Pasaje Santa Catalina de ésta ciudad.

c) El día 12 de noviembre de 1976, siendo aproximadamente las 11:30 hs, HORACIO SAMAMÉ - habría sido secuestrado por un grupo de entre 4 a 6 personas aproximadamente, vestidas de civil y armadas, las que habrían pertenecido al Departamento de Informaciones Policiales (D2) de la Policía de Córdoba, en el que por entonces era su lugar de trabajo, a saber, la escribanía Martínez, sita en Galería Muñoz, 1° Piso, escritorio 16, entre las peatonales Rivera Indarte y San Martín, y luego conducido, mediante amenazas y el uso de fuerza, a pie hasta el Departamento de Informaciones Policiales (D2), ubicado en pasaje San Catalina de esta Ciudad.

d) El día 12 de noviembre de 1.976 a las 18.30 hs. aproximadamente, CARLOS CRISTOBAL ARNAU ZUÑIGA habría sido secuestrado de su domicilio ubicado en calle Fructuoso Rivera 3.409, B° Alto Alberdi de ésta ciudad, por personal policial, más específicamente por personal perteneciente al Departamento de Informaciones Policiales (D2) y conducido, mediante el uso de fuerza y amenazas, a la sede de dicho Departamento ubicada en Pasaje Santa Catalina de ésta ciudad.

e) El día 12 de noviembre, aproximadamente a las 20:00 hs, OSCAR SAMAME - habría sido secuestrado de su domicilio sito en calle Jujuy 2.250, B° Alta Córdoba de ésta ciudad, por un grupo de personas vestidas de civil, los que se habrían identificado como miembros del Departamento de Informaciones Policiales (D2) de la Policía de ésta provincia, siendo conducido - mediante amenazas y el uso de fuerza - a la sede de dicho Departamento ubicada en Pasaje Santa Catalina de ésta ciudad.

f) El día 13 de noviembre de 1.976, RAÚL RODOLFO URZAGASTI MATORRAS - habiéndose presentado a la Unidad Regional Córdoba y de allí conducido al Departamento Informaciones Policiales (D2) para una supuesta audiencia con el Jefe, habría sido secuestrado por personal de ese Departamento Informaciones Policiales (D2) que, mediante amenazas y el uso de fuerza, lo obligó a permanecer alojado en sus dependencias ubicadas en Pasaje Santa Catalina de ésta ciudad.

2) HECHOS DE IMPOSICIÓN DE TORMENTOS AGRAVADOS (hechos g) al m))

Imputados:

Luciano Benjamín MENENDEZ, Hermes Oscar RODRÍGUEZ, José Eugenio SAN JULIÁN, Yamil JABOUR; Miguel Angel GÓMEZ; Carlos Alfredo YANICELLI; Fernando Martín ROCHA; Gustavo Rodolfo SALGADO; Calixto Luis FLORES; Luis David MERLO; Mirta Graciela ANTON y Luis Alberto LUCERO.

Víctimas :

José María Argüello; Luis Alberto Urquiza; Oscar Samamé, Horacio Samamé Carlos
Cristobal Arnau Zuñiga; , Raúl Rodolfo Urzagasti Matorras

HECHOS:

g) Una vez trasladadas y ubicadas en la sede del Departamento de Informaciones Policiales (D2), sito en Pasaje Santa Catalina de ésta ciudad, las seis víctimas -, habrían permanecido allí vendados, esposados, incomunicados, sin atención médica, sin posibilidad de un adecuado aseo personal, sometidos a constantes amenazas, soportando la angustia e incertidumbre provocada por los gritos que en todo momento proferían otras personas, también detenidas junto a ellos y sin recibir en momento alguno información respecto de las actuaciones efectuadas en virtud de sus detenciones, y por las que se encontraban en dicho lugar bajo esas circunstancias. Asimismo, habrían sido interrogadas por personal de esa repartición por sus supuestas participaciones en diversas organizaciones consideradas de tipo "Subversivas"

h) Durante el transcurso del tiempo de detención en el Departamento de Informaciones Policiales (D2), además de las condiciones mismas de la detención ya mencionadas precedentemente, personal policial de dicha repartición y de otras dependencias que colaboraban con el D2, se habría valido - con el objeto de obtener la mayor cantidad de datos posibles de las seis víctimas - de diversos métodos de tormentos, sometiéndolos a torturas psíquicas y físicas.

i) Aproximadamente el 15/11/1976 por la noche-, Luis Alberto Urquiza, habría solicitado ayuda a quienes lo custodiaban -debido a que se encontraba esposado y vendado- a los fines de poder hacer uso de los sanitarios .En esos momentos, el personal policial del Departamento de Informaciones D2, Oscar Francisco Gontero -fallecido-, quien luego de haber accedido al pedido efectuado por Urquiza, y mientras trasladaba a éste último, lo habría empujado y habría procedido a efectuar varios disparos de arma de fuego, impactando uno de ellos en la rodilla derecha de Urquiza, lo que le habría originado una grave herida. Con posterioridad al incidente antes mencionado, Urquiza, habría permanecido en una habitación aislada del Policlínico Policial, donde lo habrían llevado debido a la gravedad de su herida, sin que se le facilitara alimento alguno, siendo que, posteriormente, algunos de los integrantes de la dotación del Departamento de Informaciones Policiales (D2) -como ser Gontero y Buceta (ambos fallecidos), entre otros-, con el fin de torturarlo, habrían introducido sus dedos y palos en la herida, ubicada en la rodilla derecha.

j) Luego de algún tiempo -aproximadamente una semana- de permanecer privados de sus libertades en el ya mencionado Departamento de Informaciones Policiales (D2) las seis víctimas -maniatados y vendados- habrían sido trasladados en un camión por personal militar a las instalaciones que el Tercer Cuerpo de Ejército disponía en el campo de la "La Rivera" - anteriormente destinado a la Prisión Militar Córdoba-, en donde habría operado personal del Destacamento de Inteligencia 141 "Gral. Iribarren", lugar destinado a la permanencia subrepticia de personas privadas irregularmente de libertad.

k) Una vez ubicados en el Centro Clandestino de Detención La Rivera, las seis víctimas habrían sido interrogados por sus supuestas vinculaciones a grupos de índole "subversivas", pero ésta vez, y como ya se ha señalado precedentemente, por personal del Destacamento de Inteligencia 141 "Gral. Iribarren" del Ejército Argentino. En este Centro Clandestino de Detención habrían permanecido alrededor de 20 días aproximadamente, hasta el día 9 de diciembre de 1976. Durante este período, y además de lo señalado precedentemente, José María Argüello, habría sido sometido a un simulacro de fusilamiento, mientras que Luis Alberto Urquiza, habría continuado gravemente herido en su rodilla derecha, sin que se le brindara una adecuada atención médica.

l) Con fecha 9 de diciembre de 1976, las seis víctimas -habrían sido trasladadas desde el Centro Clandestino de Detención La Rivera a la Unidad Penitenciaria N° 1 Capital - Penitenciaría Gral. San Martín- (U.P.1) de esta Ciudad, donde habrían permanecido alojados, en un estado denigrante a la condición humana y en donde habrían sido asediados y golpeados en reiteradas oportunidades por personal del Servicio Penitenciario Provincial. Asimismo, el 11 de marzo de 1978, en oportunidad de practicar una requisa en el pabellón en el que estaban alojados, habrían sido maltratados y golpeados por elementos de Gendarmería Nacional, como consecuencia de lo cual Oscar Samamé habría sufrido la quebradura de sus costillas.

ll) Finalmente, José María Argüello, Horacio Samame, Carlos Arnau Zuñiga, Oscar Samame y Raul Urzagasti Matorras habrían recobrado su libertad el día 8/8/1978 por orden del Comandante de la Brigada Aerotransportada IV y a la vez, Segundo Jefe del Área de Defensa 311, mientras que Luis Alberto Urquiza habría recobrado su libertad el día 14/09/1978, por orden de la misma autoridad.

3) HECHO DE LESIONES GRAVES AGRAVADAS (hecho i))

Atribuido según las acusaciones al imputado:

Luciano Benjamín MENENDEZ

Víctima: Luis Alberto urquiza

En este hecho ya señalado precedentemente, se le imputa al acusado Luciano Benjamín Menéndez además de la imposición de tormentos agravados, las lesiones graves agravadas.


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