Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

16ago18


Hermanos mapuches condenados por usurpar, deberán devolver las tierras en Ñorquinco


“Nadie discute la ley 26160 (de comunidades indígenas) pero no debe confundirse ni debe argumentarse como pretexto para un delito de usurpación”, afirmó ayer el juez de juicio Marcelo Barrutia, cuando dictó la sentencia que condenó a 6 meses de prisión en suspenso a los hermanos Marcelo y Cipriano González, que integran la comunidad mapuche Ancalao, por el delito de usurpación de dos predios pertenecientes a un campo de un privado.

Barrutia dictó sentencia en forma oral media hora después de que escuchara los alegatos del fiscal Sergio Pichetto, los defensores y el abogado por la querella.

Pichetto aseguró que en el juicio se probó la clandestinidad con la que actuaron los acusados, para entrar y usurpar en julio de 2011 tierras de un campo, ubicado en cercanías de Ñorquinco. Por eso, había pedido la pena mínima de 6 meses de prisión en suspenso.

El abogado por la querella Juan Carlos Rojas había reclamado que sean condenados a 2 años de prisión en suspenso. Pero el planteo fue desestimado.

El juez sólo admitió el pedido de la querella para la restitución de las tierras usurpadas a su dueño, “una vez que la sentencia quede firme”, porque los defensores impugnarán el fallo.

La abogada Laura Zannoni (funcionaria del gobierno del intendente Gustavo Gennuso) y el defensor oficial Juan Pablo Laurence habían alegado por la absolución de los imputados porque no se probó el delito.

Laurence sostuvo que no se acreditó la clandestinidad atribuida a los imputados. Zannoni recordó la vigencia de las normas constitucionales, que protegen los derechos de las comunidades indígenas y de la ley 26160, que el Congreso Nacional prorrogó hasta noviembre de 2021, y que suspende los desalojos en las tierras en litigio. Enfatizó que los imputados nacieron en esas tierras, donde vivieron sus abuelos y que obtuvieron a principios del siglo pasado por un decreto de Nación.

La causa se originó a partir de la denuncia que un abogado hizo en representación de Norma Márquez, que era entonces la dueña del campo, que después vendió.

El fiscal atribuyó a los hermanos González que irrumpieron entre junio y julio de 2011 en dos predios del campo, que eran utilizados como veranada por parte de su propietaria. Para acceder a las tierras, desataron presuntamente alambrados. Después, metieron animales y construyeron viviendas precarias, sin autorización alguna. Así, despojaron a la dueña de la posesión de esa porción del campo.

Los imputados negaron los hechos. “Soy inocente y ningún delito he cometido”, afirmó ayer Cipriano antes de que el juez cerrara el debate. “Soy inocente”, sólo expresó Marcelo en la pequeña sala de audiencias que coparon integrantes de la comunidad mapuche Ancalao.

Barrutia aclaró que no estaba en discusión el título de propiedad de las tierras, que debe resolverse en el ámbito civil. “Soy juez penal y estoy para dirimir un conflicto penal por supuesta usurpación”, añadió.

Valoró las declaraciones de testigos, las escrituras que presentaron los dueños como prueba suficiente para arribar a una sentencia condenatoria. Dijo que se demostró la clandestinidad con la que actuaron los imputados, que aprovecharon una época del año donde no había nadie para resistir que entraran al campo.

El juez recordó que la ley impide el desalojo de las comunidades que ocupen las tierras de manera tradicional “y fehacientemente acreditada y no es este el caso. Y no se puede autorizar la justicia por mano propia”. Los defensores tienen plazo para impugnar la sentencia.

[Fuente: Por Jorge Villalobos, Diario Río Negro, Gral. Roca, 16ago18]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Argentina
small logoThis document has been published on 08Sep18 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.